25/06/2009 EFE

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado la sentencia contra Pedro Jiménez, condenado a 83 años por la Audiencia de Barcelona por el asesinato y violación de las policías leonesas en prácticas Aurora Rodríguez, de 23 años y natural de Toral de los Guzmanes, y Silvia Nogaledo, de 27 años y natural de Noceda del Bierzo, en L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona), por considerar que debe ser un jurado popular quien se encargue de juzgar el caso.
La decisión del TS, que ha resuelto el recurso de casación interpuesto por la defensa del acusado, deja sin efecto la prisión provisional de Pedro Jiménez, aunque éste continuará en la cárcel por condenas anteriores por delitos de robo con violación.
La Audiencia de Barcelona espera ahora que el TS, que deliberó sobre este recurso el pasado 18 de junio, le comunique hasta dónde se retrotrae el caso, que puede volver a parar al juzgado de L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona), que es donde se inició el proceso, puesto que los crímenes se cometieron en el barrio de Bellvitge de esa localidad.
No obstante, fuentes judiciales han informado a Efe de que el procedimiento para que el caso sea juzgado por un jurado popular no tiene por qué retrasarse en demasía, ya que la instrucción del caso ya está hecha y se trata de un tema de procedimiento procesal.
La Audiencia de Barcelona condenó el 5 de setiembre de 2008 a Pedro Jiménez a 83 años de prisión por dos delitos de asesinato, agresión sexual, violación de domicilio, robo con violencia, incendio y profanación de cadáver.
Las jóvenes fueron asesinadas a puñaladas el 6 de octubre de 2004 y una de ellas violada por Pedro Jiménez en el piso que compartían ambas en el barrio de Bellvitge de L'Hospitalet y que tras el crimen fue incendiado por Pedro Jiménez.
Jiménez era un interno de Can Brians, condenado en ocho ocasiones por delitos sexuales y de robo y que gozaba de un permiso penitenciario el día de los hechos.
El último día del juicio, el condenado reiteró su inocencia y denunció que las pruebas que le incriminan directamente fueron manipuladas, aunque no sabe por parte de quién.
En la sentencia de la Audiencia de Barcelona se hacía un relato pormenorizado de todas las pruebas que relacionan directamente a Jiménez con el doble asesinato.
Entre esas pruebas figuran huellas dactilares, pisadas, restos de semen, objetos sustraídos a las víctimas que tenía en su posesión el acusado y grabaciones en las que aparece en las inmediaciones del piso de Bellvitge antes y después del crimen.
El acusado, en su declaración en el juicio, defendió que un hombre llamado Mustafá D. le envió pocas horas antes de los hechos a casa de las dos policías a buscar un sobre con sustancias estupefacientes, y apuntó a ese hombre y a otro supuesto narcotraficante como autores del doble crimen.
El abogado de la defensa, Alejandro Calvo, pidió la absolución de su cliente porque, según la versión de su defendido, fueron otras personas las que cometieron el crimen y luego le incriminaron, ya que, en su opinión, resulta difícil que una persona de la estatura de Jiménez (1,57 metros) pudiera doblegar a las dos víctimas.
Esta argumentación fue rebatida por el tribunal, que en su fallo aseguró que
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