Diario de León

Alternativas a la ejecución hipotecaria

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Los jueces decanos «compartimos en su totalidad el Informe elaborado por el grupo de trabajo designado por el CGPJ, que propone soluciones frente al endeudamiento familiar y las ejecuciones hipotecarias», dice el encabezamiento del apartado de «Propuestas para una justicia en tiempos de crisis».

Menos beneficio bancario. Elevación del porcentaje por el que los bancos se adjudican los inmuebles tras la subasta (hoy el 60% de su valor de tasación).

No más privilegios. La supresión del procedimiento especial de ejecución hipotecaria como privilegio de los grandes acreedores y su reconducción a las reglas de la ejecución ordinaria ampliando las posibilidades de defensa del deudor.

Tasadores independientes . La tasación por profesionales independientes al banco y la regulación de un régimen específico para la vivienda habitual y de los locales de negocio.

Moratorias por paro. La concesión de moratorias o periodos de carencia por el juez, ampliando sus facultades para valorar las circunstancias del caso (paro, desgracias familiares, accidentes de trabajo, enfermedades).

Menos intereses. La limitación de los intereses moratorios y gastos del proceso junto a la dación en pago en ciertos casos.

Seguir en casa. Autorización para que el deudor continúe en la vivienda pagando un canon o alquiler, etc... Entendemos que todas estas medidas son, como mínimo, dignas de estudio, algo que debe hacerse con urgencia, y a ellas añadimos la supresión del proceso especial de ejecución extrajudicial ante notario, de dudosa constitucionalidad.

350.000 ejecuciones. Son las que se han llevado a cabo desde el año 2008 en España. Un drama que lleva a la exclusión social de familias que, tras haber perdido trabajo o sufrir una drástica reducción de sus ingresos, quedan en el umbral de la pobreza.

Interpretación legal. No existe prácticamente margen para la interpretación legal, aún cuando ciertas resoluciones vanguardistas han llegado a loables interpretaciones beneficiosas para el deudor, favorables a la extinción del crédito mediante la dación en pago, pero tienen un difícil encaje en el actual marco legal.

Humanizarse más. «Que los jueces no dispongamos de margen para “humanizar” la aplicación de la ley, no significa que debamos permanecer impasibles», explica el documento.

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