Diario de León

Las infracciones más graves, sancionadas hasta con 300.000 euros, se detectaron porque no había médicos, ATS o gerocultores

La ilegalidad más común en los geriátricos es la falta de personal para cuidar ancianos

Los inspectores están persiguiendo con tesón irregularidades vinculadas a la dependencia

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No disponer del personal técnico mínimo exigido o no tener el personal de atención directa que exige la ley en función del grado de dependencia de los usuarios son las irregularidades más graves cometidas por las residencias de ancianos expedientadas en León durante el año 2008, según los datos facilitados por la Gerencia Territorial de Servicios Sociales. Las trampas utilizadas por parte de determinados centros para esquivar la ley que regula la atención y protección de las personas mayores van más allá de la mera ilegalidad y en ocasiones superan los límites de lo ético, puesto que se está vulnerando un derecho básico de los ancianos como es el tener garantizada una cobertura residencial digna y necesaria.

Ambas irregularidades son consideradas «graves» por la ley autonómica que tipifica las infracciones y sanciones que puedan cometer los distintos centros para personas mayores, sin embargo la falta de personal puede transformarse en un asunto muy grave, sancionado con multas de entre 30.000 y 300.000 euros e inhabilitación para recibir subvenciones públicas, cuando el incumplimiento se sitúe por encima del 70% de lo exigible para el personal técnico mínimo y del 35% en el caso de la plantilla de atención directa a los ancianos.

Dado que el principal fin de la ley 5/2003 de 3 de abril es la atención y protección de los derechos de los ancianos, tal y como se recoge en la exposición de motivos, los inspectores están persiguiendo con especial empeño las irregularidades cometidas en los geriátricos en relación a la posible situación de dependencia de los usuarios, puesto que podría producirse «en mayor medida la vulneración de sus derechos», recalcan fuentes de la Gerencia de Servicios Sociales.

Pero por ser los más graves no son los únicos quebrantamientos destapados en las inspecciones. Según la misma fuente, también se ha iniciado algún expediente sancionador contra residencias que no ofrecen las prestaciones básicas que, en función de la tipología del centro y del usuario, deben ser realizadas. Asimismo se han tramitado expedientes motivados por falta de autorización administrativa o por haber modificado las condiciones de la autorización inicial y tener más usuarios que plazas autorizadas. Mantener en estado deficiente las instalaciones, locales o mobiliario y no mantener actualizados o correctamente cumplimentados los libros de registro y control de usuarios exigida por la normativa vigente.

La tipificación de las sanciones, a través de un sistema de sanciones principales y accesorias, complementado con un amplio elenco de criterios de graduación, no hace sino atender y recoger el principio de proporcionalidad que debe establecerse entre la infracción cometida y la sanción que corresponde. Todo el régimen sancionador, así como la actividad inspectora, está incluida en el título sexto de la citada ley.

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