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El juzgado ratifica el parón del pleno presencial de León

Cs se felicita de resolver un problema que el Gobierno deslió el martes

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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de León ratificó en un auto la suspensión cautelar decretada el pasado jueves del pleno presencial convocado en León para el día siguiente, tras un recurso presentado por Ciudadanos que exigía una celebración virtual dado el estado de alarma. La decisión judicial tiene ahora un carácter testimonial, porque desde el pasado martes los ayuntamientos ya están autorizados a desarrollar plenos telemáticos, que era lo que pedía el punto esencial del orden del día de esta sesión plenaria. Cs celebra esta decisión, mientras el regidor, José Antonio Diez, la ha visto como una forma de entorpecer su gestión, algo que la magistrada tampoco entiende así al defender que el aplazamiento del pleno no supone un perjuicio para el interés general.

En el texto, notificado ayer, la jueza entiende que la solicitud de Cs fue informada favorablemente por el Ministerio Fiscal y que las medidas cautelares para no celebrar el pleno se debían mantener para la protección de los derechos fundamentales en la declaración del estado de alarma.

La magistrada también rechaza los argumentos del Ayuntamiento cuando afirma que: «La medida adoptada no debe entenderse como una paralización del ejercicio de las competencias de la Administración demandada o de sus distintos órganos de gobierno dentro de la excepcionalidad que conlleva el estado de alarma actual».

El auto recuerda que no se impide la convocatoria de nuevos plenos, siempre que se «adapten a la situación por la que atraviesa el país, incluso con el mismo orden del día del que fue suspendido». Ciudadanos entiende que este nuevo pronunciamiento judicial demuestra que su solicitud de suspender con urgencia el pleno presencial fue plenamente ajustada a Derecho, a la situación de emergencia sanitaria y a la protección de los derechos fundamentales de todos los interesados. El Gobierno dio via libre hace tres días a las entidades locales para que convoquen y celebren plenos de forma telemática por la crisis actual con el fin de «garantizar su funcionamiento democrático» y que puedan, así, adoptar acuerdos por medios electrónicos. Por esta razón, el procedimiento podría quedar sin objeto, aseguran fuentes del TSJ.

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