Diario de León

La actividad congelada

La pandemia genera un limbo legal en los vehículos con la ITV caducada

Los plazos de las revisiones están en suspenso y se puede circular sin riesgo de sanciones

Lineales de un centro de ITV. EFE

Lineales de un centro de ITV. EFE

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La Inspección Técnica de vehículos, un calvario de paso obligatorio para todos los usuarios de vehículos que superen la fecha de los cuatro años desde su matriculación, experimenta durante la pandemia una situación de limbo legal. No hay posibilidad de pasar la cadena de la ITV. Por tanto, no hay aplicación normativa, que resulta de las más rigurosas de las que se aplican en torno al tráfico y la circulación. La declaración de estado de alerta no reconoce al segmento de revisión de salud mecánica y estructural de los vehículos entre los sectores imprescindibles para mantener la actividad. Las estaciones de ITV permanecen cerradas desde mitad de marzo, y no están consideradas un servicio esencial.

Y ahí se abre la duda. Sobre la aplicación de la norma y sobre el vacío en torno a la legalidad de quien circule con el documento de revisión caducado. La inquietud sobre si es posible circular con la ITV caducada remite al texto legal que funda la declaración de estado de alarma (el Real Decreto 463/2020): Los plazos que impone la administración para efectuar inspecciones quedan suspendidos. De esa forma, durante este periodo de excepción la obligación de pasar inspecciones técnicas prescritas en la reglamentación queda en suspenso, de forma excepcional. Se puede circular siempre que la caducidad se produjo después de la fecha del estado de alarma.

No hay ITV, no hay límite para circular, por tanto. La asociación que agrupa a las sociedades que se encargan de gestionar los concesionarios de ITV puso de manifiesto que los vehículos a los que les caducó, a los que le caduque, la ITV durante este periodo del estado de alarma podrán circular sin inconveniente desde esa referencia de plazo. La suspensión temporal de esos tramos administrativos les permitirá circular sin temores a las sanciones correspondientes o a complicaciones de trámites con el seguro en caso de sufrir accidente o daños causados a terceros.

El resto de las dudas en medio del paréntesis legal descansan sobre variantes de la norma general. Una vez que se levante el estado de alarma, lo hará también la supresión de los plazos administrativo derivados del asunto; lo que hará que cada vehículo estará en el punto de partida del 14 de marzo; si entonces le faltaban diez días para pasar la ITV, con el retorno a la normalidad o a la reapertura de los centros de revisión, le faltarán de igual forma diez días para someterse al test.

Los centros de ITV se vieron obligados a cerrar al no declararse su actividad entre las señaladas como esenciales.

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