Diario de León

Guía práctica

Estas son las medidas obligatorias para las actividades juveniles de ocio y tiempo libre

guía con las medidas obligatorias para las actividades juveniles de ocio y tiempo libre en Fase 3

Imagen de archivo del programa de ocio y tiempo libre Cambio de Aires.

Imagen de archivo del programa de ocio y tiempo libre Cambio de Aires.

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Europa Press

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El Instituto de la Juventud de Castilla y León ha publicado una guía de obligado cumplimiento por parte de las empresas dedicadas a la realización de actividades juveniles de ocio y tiempo libre en la Comunidad durante la fase 3 del plan para la transición hasta alcanzar la nueva normalidad.

Estas normas, adaptadas a los nuevos requisitos sanitarios, serán de aplicación también en los campamentos de verano programados por el Gobierno autonómico bajo la denominación de 'Rural Camps CyL', en los que podrán participar 1.800 jóvenes de entre 12 y 17 años.

La Guía, que se puede consultar en la web de la Junta en el apartado de Juventud se ha realizado siguiendo las recomendaciones e instrucciones de la Dirección General de Salud Pública pero puede ser objeto de modificación en función de los cambios normativos del proceso de desescalada, ya sean estatales o autonómicos.

El Marco General recoge que las actividades juveniles de tiempo libre sólo se podrán reanudar una vez iniciada la fase 3, siempre que se garantice el cumplimiento de las recomendaciones de prevención e higiene del Ministerio de Sanidad, sin perjuicio del obligado cumplimiento de la normativa relativa a actividades juveniles de tiempo libre vigente en Castilla y León.

Además, cuando el desarrollo de las actividades previstas se lleve a cabo al aire libre, se deberá limitar el número de participantes al 50 por ciento de la capacidad máxima habitual de la actividad, con un máximo de doscientos participantes, incluyendo los monitores, mientras que en espacios cerrados, el número de participantes se limitará a un tercio de la capacidad máxima habitual de la actividad, con un máximo de ochenta participantes, incluyendo los monitores.

Los organizadores de actividades juveniles de tiempo libre velarán por cumplir estrictamente que para el desarrollo de las actividades se deberá organizar a los participantes en grupos estables de hasta un máximo de diez personas, incluido el monitor, no permitiéndose agrupaciones internas de más de 40 personas.

Se diseñarán actividades que no conlleven compartir materiales ni equipamientos y que eviten el contacto entre niños y jóvenes, se deberá disponer de acceso a lavamanos equipados con jabón o, en su defecto, a una solución hidroalcohólica.

En cuanto a las medidas generales a aplicar , los participantes deben presentar una declaración responsable firmada por los padres o tutores del menor en la que se especifique que en los 14 días previos al inicio de la actividad no presenta sintomatología que pudiera estar asociada con el COVID-19, ni ha estado en contacto con personas que presentaban síntomas en ese período.

Por su parte, el responsable de la actividad o coordinador de tiempo libre deberá asegurar que se adoptan las medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características de la actividad e instalación y las normas de prevención e higiene personal.

El uso de mascarillas será en actividades grupales o para salidas fuera del recinto y cada monitor de tiempo libre será responsable de la toma de temperatura de los niños o jóvenes bajo su responsabilidad dos veces al día, una a primera hora de la mañana y otra al finalizar la tarde.

En cuanto al material de protección, el uso de mascarillas será obligatorio salvo que se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal de 2 metros y los responsables y participantes deberán contar con dos mascarillas limpias por día, teniendo que asegurarse los organizadores de que existan también los productos de higiene necesarios para las actividades, el material higiénico-sanitario personal, etc.

La Guía recoge también las medidas para el uso de instalaciones, aseos, vestuarios, duchas, comedor, etc., así como sus condiciones de limpieza e instalación, y el protocolo a seguir por el personal de limpieza y de cocina, así como las normas de obligado cumplimiento para el uso de piscinas, del material de las actividades y de los medios de transporte.

Además, recoge las medidas a aplicar en actividades que no incluyan pernoctación, y las que incluyan hasta un máximo de cuatro pernoctaciones en acampadas o cinco o más en campamentos. Para ello especifica las características y medidas de seguridad para habitaciones y dormitorios compartidos, tiendas de campaña u otros lugares de pernocta.

Finalmente, establece las actuaciones obligatorias frente a casos de Covid-19, tanto cuando un participante presente sintomatología asociada como la actuación tras una identificación positiva de un caso.

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