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Transportes fija límites máximos para los profesionales del sector

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El Ministerio de Transportes decidió ayer limitar a un tiempo máximo de entre nueve y once horas el periodo legal de conducción que se permite para los profesionales del transporte, que hasta el próximo día 12 de mayo tenía menos restricciones por la necesidad de abastecer a la población, de acuerdo a la última directriz.

El descanso diario se reduce también a periodos de entre once y nueve horas y se permiten dos descansos semanales reducidos consecutivos de al menos 24 horas siempre que se tome al menos cuatro periodos de descansos semanales en esas cuatro semanas consecutivas. También se permite el descanso semanal normal en el vehículo siempre y cuando el camión vaya equipado adecuadamente para el descanso de los conductores y esté estacionado.

Transportes decidió actualizar igualmente los criterios a la hora de realizar los controles en carretera para los profesionales. Así, en los controles será suficiente la presentación de la documentación electrónica y como regla general no se debe exigir a los profesionales que abandonen la cabina del camión para realizar los contrarios, según los criterios que establece la administración del Estado.

Nueva filosofía
Establece la necesidad de reducir al mínimo los controles para evitar contacto con el conductor

Si no se puede evitar la interacción con el conductor es necesario utilizar guantes y los documentos en papel se intercambiarán respetando una distancia de seguridad mínima.

Las tarjetas CAP se considerarán vigentes aunque hayan perdido validez si el plazo límite para su renovación estaba fijado en el 1 de marzo y con un periodo de ampliación de hasta 120 días después. Las autorizaciones de transporte no visadas no perderán su validez mientras dure la situación del estado de alarma.

La nueva normativa establecida por el Ejecutivo permite viajar a dos personas en los vehículos que por sus características técnicas únicamente dispongan de una fila de asientos, como en las cabinas de vehículos pesados, y furgonetas. Para ello es necesario que los ocupantes usen mascarillas.

En lo tocante al transporte de animales vivos, el control de la validez de las autorizaciones será el mismo que el del estado de alarma, con prórroga de siete días posteriores a la finalización del estado para el caso de los cuadernos de a bordo y hojas de ruta, aunque no hayan sido sellados por la autoridad competente.

Se añade una especificación en lo tocante a los tacógrafos. Se considera 45 días el plazo máximo para la recepción de las tarjetas solicitadas y en caso de que se produzca pérdida o robo, deberá conservar el documento acreditativo de tal circunstancia.

Si por el contrario lo que ha sucedido es que ha caducado durante el periodo del estado de alarma, se exigirá comprobante de haber solicitado de forma telemática la renovación y se presentará a la autoridad nacional que sea competente en la materia, según explica el Ministerio de Transportes en un documento en el que especifica las novedades que se plantean a partir de ahora en el sector del transporte profesional.

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