Diario de León

Tribunales

Los acusados de estafar hormigón a Sindo Castro evitan la cárcel con el pago

El Juzgado de lo Penal 1 de Ponferrada emitió la sentencia. L. DE LA MATA

El Juzgado de lo Penal 1 de Ponferrada emitió la sentencia. L. DE LA MATA

Ponferrada

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El Juzgado de lo Penal número 1 de Ponferrada ha emitido sentencia por el caso de los responsables de la empresa Bierzo Auxiliar de Obras S.L., con sede en el polígono industrial de Bembibre. Los escritos de la acusación particular que representa al empresario del hormigón Sindo Castro y el Ministerio Fiscal los acusaban de los delitos de estafa agravada, alzamiento de bienes y delito contable. Básicamente habían comprado a Sindo Castro hormigón para obras por valor de más de 94.000 euro y saldaron la deuda con pagarés sin fondos, además de descapitalizar la empresa, desviando la titularidad de vehículos. Los responsables de la empresa berciana de Bembibre se enfrentaban a penas de más de tres años de cárcel, pero los deudores y encausados decidieron llegar a un acuerdo con el empresario del hormigón.

De esta forma, el Juzgado de lo Penal 1 de Ponferrada condena a J.M.P. como autor de un delito de insolvencia punible, en su modalidad de alzamiento de bienes, con la atenuante muy cualificada de reparación del daño, a la pena de siete meses de prisión, inhabilitación especial para ejercicio de sufragio y a siete meses de multa con la cuota diaria de 6 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas total o parcialmente impagadas, como responsabilidad civil deberá, de manera conjunta y solidaria con su compañera N. D. G. J., a abonar la cantidad de 94.626,14 euros a los perjudicados, en la persona de su representante legal, si bien la misma ya fue consignada, cantidad que devengará los intereses desde que este mes se formuló esta sentencia y hasta su completo pago. La pareja denunciada también deberá correr con las costas judiciales.

De esta forma, al avenirse a un acuerdo y comprometerse a pagar la deuda, el Juzgado de lo Penal acuerda la suspensión de la pena de prisión impuesta a cada condenado por dos años, condicionada a que durante este plazo no delincan. de hacerlo se revocaría esta suspensión de prisión acordada y cumplirían tanto la pena correspondiente al ilícito penal cometido y la pena de esta causa, y a cumplir la responsabilidad civil establecida. La juez letrada sustituta que firma esta sentencia admite el pago fraccionado de la pena de multa. Aún cuando hubo acuerdo previo, la sentencia es recurrible ante la Audiencia Provincial de León.

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