Diario de León

TRIBUNALES

Dos años de cárcel por conducir en sentido contrario y saltarse un control

El condenado circuló al menos un kilómetro por la A-6 y tenía una orden de busca y captura

Los hechos tuvieron lugar en la autovía A-6 en dirección a Madrid. ANA F. BARREDO

Los hechos tuvieron lugar en la autovía A-6 en dirección a La Coruña. ANA F. BARREDO

León

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Un individuo ha sido condenado a una pena de dos años de prisión y una multa de 3.600 euros como autor de un delito de conducción temeraria, tras conducir más de un kilómetro en sentido contrario para evitar un control perimetral durante la pandemia, cuando estaba sujeto a una requisitoria. La sentencia de instancia fue dictada por el Juzgado de lo Penal 1 de Ponferrada.

La sentencia da por probado que el 26 de marzo de 2021, sobre las 14.45 horas, el condenadao circulaba conduciendo por la autovía A-6 en dirección a La Coruña cuando, al percatarse de la existencia de un control de la Guardia Civil situado a la altura del kilómetro 431, control que tenía por finalidad verificar el cierre perimetral entre las comunidades autónomas de Galicia y de Castilla y León en cumplimiento de las restricciones de movilidad impuestas por la declaración del estado de alarma, y pese a la existencia de otros vehículos circulando en su sentido, procedió a cambiar el sentido de su marcha maniobrando en mitad de la autovía para dar la vuelta, continuando su circulación en sentido contrario durante al menos un kilómetro y a no menos de 100 kilómetros por hora, provocando que algunos vehículos que circulaban correctamente se orillaran y se detuvieran en los márgenes de la vía mientras otros le hacían señales luminosas para advertirle de su circulación irregular, hasta que, aprovechando un hueco en la mediana que separaba los dos sentidos de circulación, accedió a los carriles de circulación dirección Madrid retornando a la circulación acorde con su sentido de la marcha.

Dos agentes de la Guardia Civil que habían sido advertidos por los componentes del control policial de la maniobra irregular efectuada por el vehículo trataron de interceptarlo y pudieron ver cómo este coche circulaba en sentido contrario al de la vía poniendo en riesgo a los restantes conductores que circulaban en el sentido correcto de la marcha, siguiéndolo durante varios kilómetros una vez que accedió a los carriles de la autovía en dirección a Madrid hasta que consiguieron detenerlo.

En el momento de producirse estos hechos el procesado tenía en vigor una requisitoria de busca y captura acordada por el Juzgado de Instrucción número 30 de Barcelona, y no consta acreditado que el motivo de su viaje estuviera justificado dentro de los supuestos de movilidad contemplados en la declaración del estado de alarma.

El acusado se acogió a su derecho a no declarar, sólo contestó en el acto del juicio a las preguntas formuladas por su letrada, y manifestó ser el conductor del vehículo interceptado pero negó haber dado la vuelta en plena autovía y haber conducido en dirección contraria. Sostiene que circulaba por la autovía en dirección a Madrid proveniente de La Coruña cuando fue detenido por los agentes. Los agentes explicaron en el acto del juicio que este coche estuvo circulación en sentido contrario durante al menos un kilómetro, a una velocidad de no menos de 100 kilómetros por hora.

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