Diario de León

Tribunales

Condenan al exalcalde de Fabero a tres años y medio de inhabilitación

La sentencia por el proyecto de la fábrica de ruedas gigantes absuelve a Victorino Alonso

A64Q4950_19454106_18210791_med

A64Q4950_19454106_18210791_med

Ponferrada

Creado:

Actualizado:

El Juzgado de lo Penal de Ponferrada ha condenado al exalcalde de Fabero, Demetrio Alfonso Canedo, a una pena de tres años y medio de inhabilitación para el desempeño de empleo o cargo público por un delito de prevaricación administrativa por omisión en el caso del proyecto para la construcción de una factoría de fabricación y reparación de ruedas gigantes promovido por Victorino Alonso en el año 2007. La misma sentencia absuelve de cualquier responsabilidad criminal al empresario minero y también al administrador de la empresa Rotech Innova S.A, Rafael Salto; ambos implicados en el proyecto y para los que el Ministerio Fiscal pedía una pena de tres años y 30 meses de prisión, respectivamente, por un delito contra la ordenación del territorio. Por su parte, la petición de la Fiscalía para el exalcalde era de diez años de inhabilitación.

El magistrado del Juzgado de lo Penal considera culpable a Demetrio Alfonso Canedo porque —resuelve— permitió que se iniciaran los trabajos de preparación de los terrenos y construcción de naves sin las correspondientes licencias urbanísticas ni de autorización ambiental. Eso en unas parcelas de titularidad municipal ubicadas en el polígono industrial que fueron adjudicadas, en 2008, a la empresa Industrial Cienfuegos, promotora del proyecto de fabricación de neumáticos. Después, esta cedió las parcelas adquiridas mediante permutas a Rotech Innova para la construcción del complejo industrial.

«Demetrio Alfonso Canedo conocía que las obras habían comenzado y pese a constarle igualmente que se hacían sin licencia, nada dispuso ni ordenó para suspenderlas, paralizarlas o para instar que se regularizase esa situación», recoge la sentencia. «El posicionamiento del alcalde en favor de que las obras continuasen y que la fábrica pudiera ponerse en marcha cuanto antes parece indiscutible (...), argumentando que la consecución de los nuevos puestos de trabajo que esta industria ofrecería al municipio eran una prioridad», añade para, más adelante, ahondar en las controversias sobre la posibilidad o no de construir en las parcelas afectadas.

«Las obras de acondicionamiento de la parcela y sus accesos, así como la edificación de las naves se ejecutaron sobre un terreno que el Ayuntamiento de Fabero calificó de urbano, habiéndose emitido por el arquitecto municipal y el arquitecto del Servicio de Asistencia a los Municipios del Consejo Comarcal del Bierzo informes contradictorios sobre si se podía edificar o no en ese suelo y sobre si era posible realizar construcciones como las llevadas a cabo», explica el magistrado, que considera que «dada la envergadura y dimensiones del complejo, debe concluirse que la omisión achacable al alcalde supuso una afectación grave del ordenamiento urbanístico, aunque pudiera ser legalizable a posteriori».

Las obras comenzaron en 2008 y no fueron paralizadas hasta 2010, cuando el entonces alcalde ordenó su paralización e impuso a la empresa una sanción de 209.000 euros. Para entonces, ya se había iniciado el procedimiento judicial. De hecho, la dilatación del caso —paralizado en varias ocasiones a lo largo de estos años— es lo que ha motivado la aplicación del atenuante de dilaciones indebidas.

tracking