Diario de León

Sanidad

Condenan a Sacyl por la muerte de una anciana que no fue bien tratada

El TSJ determina que recibió un tratamiento agresivo injustificado y un control inadecuado

La mujer entró en el servicio de Urgencias el 12 de enero de 2017. L. DE LA MATA

La mujer entró en el servicio de Urgencias el 12 de enero de 2017. L. DE LA MATA

Ponferrada

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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado a Sacyl a indemnizar con 40.902 euros a los hijos de una mujer de 88 años que falleció en 2017 después de recibir una «asistencia sanitaria deficiente» en el Hospital El Bierzo, según denunció ayer la Asociación El Defensor al Paciente, cuyos servicios jurídicos han llevado la defensa de la familia en este procedimiento. El TSJ determina que la paciente recibió un tratamiento agresivo sin justificación y que no se le hizo ni una valoración ni un control adecuados en el servicio de Medicina Interna, donde ingresó por una insuficiencia respiratoria aguda y acabó sufriendo una hemorragia interna que fue interpretada como posible vértigo.

La mujer entró en el servicio de Urgencias en la madrugada del 12 de enero de 2017 por un cuadro de insuficiencia respiratoria y quedó ingresada a cargo del servicio de Medicina Interna. «Se estaba recuperando hasta el punto de que iban a darle el alta, pero estando ingresada experimentó dolor, sensación de pesadez, anorexia y vómitos que no fueron tratados pese a ser síntomas de oclusión intestinal», recoge el texto de la sentencia condenatoria. Por otro lado, la paciente estaba recibiendo ya un tratamiento con doble antiagregación más anticoagulación por sospecha de un síndrome coronario agudo que «comportaba riesgo de hemorragia sin que hubiese síntomas claros para dicho tratamiento».

El caso
Ingresó por insuficiencia respiratoria y se le puso tratamiento coronario hasta sufrir hemorragia

Como consecuencia del suministro de esta medicación, la paciente «sufrió un shock hipovolémico secundario a una hemorragia interna no diagnosticada a tiempo que le ocasionó la muerte», relata también la sentencia. «No había base suficiente para considerar que estaba sufriendo el síndrome coronario», asegura el TSJ en su pronunciamiento. Por lo tanto, el tratamiento que le fue pautado no estaba justificado y acabó agravando su situación hasta el punto de tener que ser traslada a la Unidad de Cuidados Intensivos el Complejo Asistencial Universitario de León, donde falleció el 25 de enero de 2017.

Fue a los once días de su entrada en el hospital, período en el que estuvo recibiendo el cuestionado tratamiento contra un síndrome coronario, cuando la anciana experimentó un grave empeoramiento. «Sufrió sensación de inestabilidad junto con sudoración y náuseas». Un cuadro que el médico de guardia interpretó como un «posible vértigo periférico». Pero su situación siguió empeorando con «hipotensión, molestias abdominales y dolor en hipogastrio con sensación de náusea».

«Dado el contexto del tratamiento y circunstancias de la paciente, debió valorarse el riesgo de hemorragia y descartarla por su gravedad, pero no se hizo. Se minimizó la sintomatología hasta el punto de que la paciente siguió sufriendo hasta el momento en que se detectó la hipotensión y se descubrió el hematoma abdominal», denunció El Defensor del Paciente. Así se constató tras la realización de un angio TAC.

«La infracción de la lex artis (conjunto de reglas para el ejercicio médico) se produce por aplicar un tratamiento agresivo sin justificación y por no realizar un análisis del riesgo-beneficio, además de no controlar adecuadamente los efectos de ese tratamiento», recoge la sentencia.

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