Diario de León

TRIBUNALES

El Contencioso mantiene el freno a la obra de la glorieta de Fuentesnuevas

La documentación aportada por el Ayuntamiento no resuelve el conflicto con un particular

Obras de construcción de la glorieta y al fondo los metros donde no se puede actuar. L. DE LA MATA

Obras de construcción de la glorieta y al fondo los metros donde no se puede actuar. L. DE LA MATA

Ponferrada

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La obra de construcción de la glorieta de Fuentesnuevas, en la avenida de Galicia de Ponferrada, sufre un nuevo revés. El Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de León ha decidido mantener la medida cautelar de suspensión de los trabajos en un espacio de 67 metros cuadrados ubicado junto a un edificio de viviendas cuyos propietarios defienden serlo también del citado terreno. La paralización cautelar se dictó el 17 de octubre y se dio un plazo de tres días al Ayuntamiento de Ponferrada para que presentara la documentación que considerara oportuna para defender la titularidad pública del suelo. Pero, examinados los documentos y planos aportados, la jueza ha decidido mantener la paralización de la obra que afecta a esos 67 metros.

El Ayuntamiento alega que el terreno es de su propiedad en base a dos circunstancias: una cesión de 210 metros cuadrados que el padre de los ahora recurrentes realizó en 1990, con ocasión de la construcción del edificio de viviendas; y la expropiación ejecutada por el Ministerio de Fomento en 1978, cuando se ensanchó y mejoró la carretera y se hizo la salida a la N-VI. Dos circunstancias que, según la administración local, «hacen que no sólo no exista vía de hecho, sino que tampoco se ocasiona perjuicio alguno a los recurrentes».  

La jueza que ha dictado el auto de continuidad de la paralización no lo tiene, en cambio, tan claro. «De toda la documentación aportada no se desprende, en ningún momento, que no nos encontremos ante una vía de hecho. Sin poner en duda la necesidad de la realización de obras en la intersección, lo que no está acreditado es que deban pasar por el punto concreto por el que lo hacen sobre la propiedad de los recurrentes (dejando de lado cuestiones de propiedad cuyo conocimiento corresponde a otro orden jurisdiccional».  

Es más, en los razonamientos jurídicos, el auto recoge que «los 67 metros cuadrados que, según los recurrentes, se les ha invadido no se corresponden sobre los 210 metros cedidos al Ayuntamiento, puesto que no están identificados en ninguna parte de los documentos expresados».  

En esta tesitura, la empresa encargada de la construcción de la glorieta no podrá reanudar los trabajos en la parte objeto de discordia y existe la posibilidad de que otros propietarios de terrenos afectados recurran también a la vía contencioso-administrativa para defender sus intereses. Al menos eso es lo que asegura el letrado encargado del caso, Juan Felipe Méndez, de Canedo Abogados. «Hay más vecinos afectados a los que también se les están vulnerando sus derechos», afirma, adelantando la posibilidad de más paralizaciones en otros tramos si las conversaciones que se están manteniendo con el Ayuntamiento no llegan a buen puerto.  

Con quienes no hay diálogo —dice el abogado— es con los propietarios que han motivado el procedimiento actual. Y ese es el mayor reproche que Méndez hace al equipo de gobierno, al que achaca «prepotencia» y culpa del enquistamiento en la negociación. Niega que lo que su representado quiere como condición para no oponerse a la obra sea una modificación del proyecto —tal y como ha afirmado la concejala de Infraestructuras, Carmen Doel— y denuncia que, precisamente, el detonante de la discordia ha sido la modificación del proyecto inicial que, en su primer planteamiento, no afectaba a los metros de terreno ahora cuestionados, ya que la glorieta no quedaba ladeada hacia la margen derecha de la vía en dirección al Hospital El Bierzo. Detrás de esto, el abogado encuentra un interés por «favorecer a otros particulares en detrimento del resto del vecinos».  

Se mantiene la paralización de la obra y también la no obligación de reponer la solera de hormigón y cemento levantada a su estado original hasta que no haya un pronunciamiento judicial sobre quién es el titular. Además, el auto desestima la petición de 50.000 euros que el Ayuntamiento hizo a los recurrentes por los perjuicios que la paralización de la obra pueda causar. «La cantidad está fijada a tanto alzado, desconociendo esta juzgadora por qué se pide esa cantidad y no otra. Es más, ni siquiera se ha aportado el importe de realización de tales obras que pudieran justificar los prejuicios derivados de la suspensión», determina

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