Diario de León

Tribunales

El incendio de la Tebaida vuelve a la Audiencia tras la apelación de Asfole

Los propietarios forestales piden que se mantenga el encausamiento del ganadero de Bouzas

Agentes de la Policía Nacional durante la investigación policial del incendio de la Tebaida, días después del suceso. DL

Agentes de la Policía Nacional durante la investigación policial del incendio de la Tebaida, días después del suceso. DL

Ponferrada

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La Audiencia provincial de León vuelve a tener la última palabra sobre el incendio de la Tebaida y ya estudia el recurso de apelación contra el archivo de la causa por parte del Juzgado de Instrucción número ocho de Ponferrada presentado por la Asociación de Forestal de León (Asfole), que ejerce la acusación particular y no se resigna a que el siniestro quede impune.

Asfole, que había llegado a pedir cinco años de prisión para el ganadero encausado en un primer momento por el juez y ha visto como el juzgado también desestimaba su recurso en primera instancia, confía en que la Audiencia vuelva a reabrir el caso, como ya hizo con anterioridad. Y lo hace insistiendo, al contrario de la posición del juez instructor -que ha hecho suya la que mantenía la Fiscalía de Área- en que existen suficientes indicios como para sentar en el banquillo al ganadero de Bouzas, a pesar de que no haya pruebas directas contra él.

Asfole se apoya en una sentencia del Tribunal Constitucional de 1993 que reconoce la validez de los indicios cuando, «debidamente engarzados» y «conforme a las reglas de la lógica», apunten a un determinado acusado como probable autor de un incendio. Ese sería, según Asfole, el caso del fuego que en abril de 2017 calcinó 1.300 hectáreas en la Tebaida, dentro del municipio de Ponferrada.

A trámite
La Audiencia estudia la apelación después de que el juzgado también rechazara el recurso

«No nos encontramos ante una investigación de sospechas, sino ante la suma de indicios contrastados por el informe técnico de investigación que llevan a la convicción de un hecho criminal por parte de un sujeto específico», argumenta Asfole en referencia al ganadero, en el escrito de apelación admitido a trámite por la Audiencia de León. Asfole recuerda que en un primer auto del 20 de abril que después ha sido anulado el propio juez instructor había llegado a la conclusión de que el ganadero «fue el autor del incendio» después de valorar «una serie de indicios debidamente acreditados».

La acusación particular vuelve a recordar que el informe policial, el de la Junta de Castilla y León y las declaraciones del jefe de extinción de incendios, Pedro Becares, además de los agentes medioambientales, coinciden en que la causa del fuego fue «la regeneración de pastos en una zona en la que cual se han repetido en anteriores ocasiones contados de incendio en los últimos diez años», muy cerca de «un abrevadero de ganado» vital para el rebaño que pasta en la zona alta del monte sin necesidad de bajar la montaña en busca de agua.

Regenerar el pasto
​La única causa posible del fuego, apunta Asfole, es regenerar pasto, como señala la investigación

Asfole recalca que el de Bouzas «es el único ganadero que pasta en esa zona y no existen problemas de insuficiencia de pasto, sus vacas se han visto habitualmente en el lugar del inicio del incendio y en la zona «no se realizan actividades industriales, forestales, turísticas o agronómicas o de otro tipo» que permita deducir la existencia de otra causa intencionada o fortuita del incendio. Tampoco parques eólicos o líneas eléctricas y «no se constata la existencia de grupos de excursionistas, deportistas o meros paseantes».

No hay problemas de caza

«Tampoco existe problemática cinegética», argumenta el escrito de apelación para descartar que la caza pueda estar detrás del incendio que tanta alarma social creó hace tres años. Y asegura que no se ha acreditado que el ganadero tenga «enemigos directos» que puedan haber incendiado el monte, o dado orden de hacerlo, para perjudicar al ganadero y que todas las sospechas recayeran sobre él.

Asfole señala la posibilidad de que el fuego se provocara con el uso de «elementos de la naturaleza» como «excrementos secos de vaca que permiten retardar la combustión» sin dejar huella. Los investigadores no han descubierto restos de ningún dispositivo artificial para causar el incendio. Tampoco el día del fuego hubo tormenta ni cayeron rayos en la zona, con una pendiente y en medio de una sequía que facilitaban la expansión de las llamas. Y durante la investigación no ha aparecido «otro posible culpable, ni otra causa que haya dado motivo al incendio».

Costumbre de quemar

Asfole cita casos similar es de la Audiencia provincial de Asturias en 2014 y 2018 para argumentar que todos los indicios recogidos en la Tebaida, que la Fiscalía y después el juez de instrucción han considerado débiles y hasta exculpatorios, son suficientes para abrir juicio contra el ganadero sin vulnerar el derecho a la presunción de inocencia. Y otorga valor a las declaraciones del miembro de Tyto Alba (puestas en cuestión por la Fiscalía), Miguel Rancallo, que señaló al ganadero «en cuanto a la producción continuada de incendios forestales en época primaveral

La Asociación Forestal de León resalta, tras la declaración de un agente de la Patrulla Verde de Ponferrada la «prepotencia» del ganadero, que ejercería «una autoridade suprema sobre el territorio» incendiado y «el acervo cultural de ciertas zonas de montañas de reactivar el pasto fresco durante la primavera mediante la quema previa» para aumentar la rentabilidad de las explotaciones ganaderas.

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