Diario de León

Medio Ambiente autoriza el parque solar en los terrenos de La Recuelga

Considera que no tiene efectos nocivos y que es compatible con el procedimiento de BIC

El lavadero de carbón de Antracitas de Fabero, en el paraje de La Recuelga. L DE LA MATA

El lavadero de carbón de Antracitas de Fabero, en el paraje de La Recuelga. L DE LA MATA

Ponferrada

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Nada se había vuelto a conocer oficialmente del parque fotovoltaico proyectado para los terrenos de La Recuelga de Santa Cruz del Sil, al borde de la carretera CL-631 (Ponferrada-Villablino), hasta ayer. El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) hizo pública la resolución de impacto ambiental favorable por parte del Servicio Territorial de Medio Ambiente de León. Considera que el proyecto presentado por la empresa Genelec Invest S.A. (Geninvest) a finales de 2021 «no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente» y que «el impacto ambiental global es compatible», incluso, con el procedimiento iniciado por la Dirección General de Patrimonio Cultural para estudiar la posible declaración de Bien de Interés Cultural (BIC) del conjunto minero-industrial de este paraje, que incluye los antiguos lavaderos de carbón de Antracitas de Fabero S.A. y Victoriano González.

La resolución de Medio Ambiente, de hecho, hace alusión expresa del expediente incoado por Patrimonio y recuerda que la legislación vigente (Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León) establece que «todas las obras que hubiesen de realizarse en el área afectada por la declaración no podrán llevarse a cabo sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural».

Así las cosas, con la resolución de impacto ambiental favorable, el proyecto para instalar 19.000 paneles solares, con una potencial acumulada de diez megavatios, en los terrenos de La Recuelga está un paso más cerca de materializarse. Qué pasará con los bienes incluidos en el Inventario del Patrimonio Histórico Industrial de Castilla y León de 2010 dependerá, en buena medida, de las decisiones que tome la Dirección General de Patrimonio respecto a su conservación.

Una vez valorados los informes, el Servicio Territorial de Medio Ambiente determina que no supone ningún perjuicio ambiental, que el parque fotovoltaico de casi trece hectáreas no afecta a ninguna zona de especial protección y tampoco compromete el recurso hídrico; y que el «impacto ambiental puntual, localizado en el espacio y en el tiempo» tiene «una magnitud reducida» que se puede contrarrestar con medidas preventivas.

«Se trata de una zona industrial recientemente abandonada, sin grandes valores naturales. La reversibilidad de este tipo de actuaciones es bastante sencilla, dado que la restauración del medio una vez finalizada la vida útil de estas infraestructuras (parque fotovoltaico) es fácil y rápida, pudiendo recuperarse el uso anterior sin grandes problemas. Así mismo, los posibles impactos residuales del proyecto serán eliminados o minimizados con el cumplimiento de la medidas correctoras que se señalan y, principalmente, con el enterramiento de la línea de evacuación, que era uno de los impactos ambientales más importantes», recoge el informe.

La autorización ambiental del parque solar denominado ‘Páramo’ no tiene en cuenta el marco legislativo que rige desde el pasado mes junio para la autorización de proyectos de energías renovables. Un Decreto-Ley que, entre otros criterios, establece que las plantas fotovoltaicas y sus infraestructuras auxiliares no serán autorizables en terrenos ubicados a menos de 500 metros de un bien de interés cultural ni a menos de 500 metros de los núcleos urbanos.

En este caso, la administración argumenta que el proyecto solar fue presentado en diciembre de 2021 y el Decreto-Ley es posterior, de junio de 2022, por lo que en este caso rige la normativa anterior, de 2013, que no establece tales límites perimetrales.

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