Diario de León

No es legal

El Procurador insta a Bembibre a anular la tasa del agua de Bárcena

La resolución plantea devolver el dinero y no captar en el pantano hasta que se legalice

Embalse de Bárcena donde se realiza la captación de agua para Bembibre puesta en entredicho. L. DE LA MATA

Embalse de Bárcena donde se realiza la captación de agua para Bembibre puesta en entredicho. L. DE LA MATA

Ponferrada

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El Procurador del Común de Castilla y León, Tomás Quintana, acaba de emitir una resolución dirigida al Ayuntamiento de Bembibre y a la Mancomunidad de Municipios Ribera del Boeza en la que les pide que, al no haberse legalizado por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil la concesión de aprovechamiento de aguas procedente del embalse de Bárcena, solicitada ya en el 2009, adopten las medidas necesarias «para que no se realice ninguna captación» desde el citado pantano para el suministro de agua potable a sus ciudadanos. En la resolución, el Procurador asegura que es «con el fin de evitar que vuelvan a imponerse sanciones que supongan un menoscabo patrimonial para dicha entidad». También se expresa la postura institucional de anular la tasa de agua que pagan los beneficiarios, tras la denuncia interpuesta por afectados.

El Procurador le indica al Ayuntamiento de Bembibre que, al ser este municipio el principal promotor de la nueva Mancomunidad de Municipios Captación de Aguas Bárcena-Boeza, adopte las medidas para evitar que la falta de constitución formal de dicha mancomunidad impida aprobar la nueva solicitud de concesión de aprovechamiento de aguas del embalse de Bárcena y suponga una demora adicional en el procedimiento de regularización del abastecimiento de agua potable que se está tramitando desde hace más de diez años ante la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.

Añade que, en el supuesto de que siguiera vigente de manera formal, deben iniciar los trámites «para proceder a la anulación de la tasa creada por mejora abastecimiento y nueva traída de agua del pantano de Bárcena y conservación de infraestructuras», conforme a la ordenanza reguladora de la tasa por suministro de agua, publicada en el BOP de León de 30 de diciembre de 2015. Esto se produce dado que —según dice textualmente el Procurador— «incurre en un supuesto de nulidad de pleno derecho previsto en el artículo 47.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 217.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, ya que no fue aprobada por la Mancomunidad de Municipios Ribera del Boeza, como administración competente según lo previsto en el artículo 3 g) de sus estatutos, y que no ha sido legalizada todavía dicha concesión» por parte de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil.

Además, en la misma resolución se detalla que tanto el Ayuntamiento de Bembibre como la Mancomunidad deben devolver el dinero. Textualmente lo expresa así: «Que se proceda a revocar, por razones de legalidad, los actos de liquidación dictados en aplicación de la misma, procediendo a la devolución de las cantidades cobradas, incrementadas en los intereses legales que correspondan, sin perjuicio de que subsistan los actos firmes dictados en aplicación de la misma».

La instancia termina recordando que, al no haberse legalizado por la Confederación Hidrográfica Miño-Sil la concesión de aprovechamiento de aguas del embalse de Bárcena, la Mancomunidad Ribera del Boeza, no debe realizar ninguna captación desde el embalse para el suministro de agua potable a los municipios.

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