Diario de León

Tribunales

El Supremo obliga al alcalde de Ponferrada a reconocer derechos que negó a la oposición

El alto tribunal rechaza el recurso presentado por el Ayuntamiento contra el fallo del TSJ sobre los puestos de confianza

El alcalde, Olegario Ramón, en una imagen de archivo de la rueda de prensa que dio sobre el balance de su primer año de mandato. L. DE LA MATA

El alcalde, Olegario Ramón, en una imagen de archivo de la rueda de prensa que dio sobre el balance de su primer año de mandato. L. DE LA MATA

Ponferrada

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La sentencia es firme y definitiva, porque acaba de decirlo el Tribunal Supremo. El Ayuntamiento de Ponferrada que dirige el alcalde socialista Olegario Ramón acaba de ser condenado por vulnerar los «Derechos Fundamentales» de los grupos de la oposición municipal, que reclamaban —en proporción a su representación— los mismos servicios de los que disfruta el equipo de gobierno con cargos de confianza. La postura del alcalde Olegario Ramón de negarse a dar esos servicios al resto de los grupos ha sido enmendada finalmente por el Supremo.

En un principio, la demanda ahora ganada en el Supremo la presentaron de forma conjunta el PP de Marco Morala, Ciudadanos de Ruth Santín, USE de Samuel Folgueral y el PRB de Tarsicio Carballo. En primera instancia judicial, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 de León la desestimaba el 29 de enero de 2020. Por eso, en la apelación sólo decidieron seguir adelante con el proceso los concejales de Ciudadanos y USE.

Otras consecuencias

La resolución del Supremo anula de pleno derecho tres contratos de confianza del tripartito

El 2 de julio del año pasado, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León emitía sentencia en la que daba la razón a los ediles de la oposición, echando por tierra el planteamiento jurídico defendido por el alcalde Olegario Ramón y representado por el ex letrado municipal, Manuel Barrio, contratado por el equipo municipal tras su jubilación a través de una empresa externa.

Hasta el final

Tras el dictamen del TSJ, el alcalde de Ponferrada decide seguir adelante con el proceso judicial y en ese momento optaron por elevar un recurso de queja ante el Supremo. Un recurso de queja presentado el 13 de noviembre de 2020, que iba dirigido a intentar dinamitar lo que decía el TSJ, en el sentido de que el Ayuntamiento había presentado el recurso fuera del plazo legalmente establecido, que era el mes de agosto de 2020.

Ante esta situación, el Supremo suele ventilar estos temas en una semana, en cinco días más o menos. Pero, en este caso de Ponferrada ha empleado un mes.

El Supremo lo que viene a decir con la resolución final a la que ha tenido acceso este periódico es que, en primer lugar, no cabe recurso de queja. En segundo lugar, remarca que el TSJ tiene razón cuando afirma que el Ayuntamiento de Ponferrada presentó el recurso fuera de plazo, dado que se computa todo el mes de agosto, y por tanto echa por tierra la tesis defendida por el alcalde Olegario Ramón.

Dos meses de plazo

A partir de ahora, tras el fallo del Supremo rechazando el recurso de queja del equipo de gobierno ponferradino, el TSJ de Castilla y León devuelve los autos judiciales al Juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 de León. De esta forma, será este tribunal de instancia el que comunicará al Ayuntamiento que dirige Olegario Ramón su obligación de ejecutar la sentencia.

El Ayuntamiento de Ponferrada, o la decisión del propio alcalde, dispone de dos meses de plazo para que ejecute de manera voluntaria el fallo judicial. Pasados esos dos meses, si no lo hace de manera voluntaria, las partes demandantes instarán ante los tribunales la ejecución forzosa.

Con la sentencia en la mano, el Ayuntamiento y el alcalde saben ya que el nombramiento de personal eventual del que ahora disfrutan es nulo de pleno derecho. Se trata de tres contratos: Uno, el que lleva servicios de prensa del alcalde, y otros dos administrativos que están al servicio de los grupos Podemos y Coalición por el Bierzo, los dos que sustentan el pacto de gobierno con el alcalde del PSOE en Ponferrada.

Desde la parte demandante, representada por el abogado ponferradino Reiner Cortés, indican que, vista la resolución judicial final del Tribunal Supremo, desde noviembre hasta ahora se han estado realizando pagos de nóminas que venían precedidas de una sentencia del TSJ. Por eso, quieren saber quien firmó el mandamiento de pago municipal y si hay informes técnicos favorables o desfavorables que lo sustenten.

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