Diario de León

Tribunales

El TSJ falla contra el alcalde por vulnerar los derechos de la oposición

Desestima el último recurso y reconoce que USE y Cs pueden tener personal de confianza

Ponferrada

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León acaba de desestimar el último recurso de revisión interpuesto por el Ayuntamiento de Ponferrada contra la firmeza de la sentencia que el pasado mes de julio reconocía el derecho de la oposición a contar con personal de confianza. En un auto firmado el día 13 de este mes, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ rechaza la última apelación del equipo de gobierno contra una sentencia declarada firme el pasado 5 de octubre al entender que el estado de alarma debido al Covid 19 no interrumpía los plazos procesales para este tipo de procedimientos que afectan a la protección de derechos fundamentales. El Ayuntamiento no presentó el recurso a tiempo y ha tratado de argumentar, sin éxito, que la pandemia dejó sin efecto el plazo de 30 días que tenía para hacerlo.

Recurrió tarde

El estado de alarma no interrumpe los plazos en procedimientos sobre derechos fundamentales

«Los plazos no se vieron interrumpidos por el estado de alarma», aseguran los cuatro magistrados del tribunal de Valladolid que firman el auto. Y concluyen que «el recurso (de casación del Ayuntamiento) no fue preparado en plazo» porque los 30 días que tenía para hacerlo, una vez notificada la sentencia el día 8 de julio, «vencían el 21 de agosto a las 15 horas y el escrito se presentó el 26 y por tanto fuera de plazo». En consecuencia, el TSJ declara firme la sentencia del 2 de julio que anulaba al resolución del alcalde.

Personal de confianza

USE y Ciudadanos habían pleiteado en la vía contenciosa contra el equipo de gobierno de Olegario Ramón por entender que la resolución en la que negaba a la oposición la posibilidad de contar con personal de confianza vulneraba sus derechos fundamentales. «Ha de entenderse que todos los grupos municipales reúnen la idoneidad necesaria para ser acreedores al nombramiento de un funcionario de empleo que sirva para dar apoyo a las funciones representativas del grupo», decía la sentencia que en julio anuló la resolución.

El equipo de gobierno ganó en primera estancia el pleito, pero el TSJ estimó el posterior recurso de USE y Ciudadanos en la sentencia del pasado 2 de julio que el Ayuntamiento recurrió tarde.

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