Diario de León

Tribunales

El TSJ ratifica la ilegalidad de la central de calor por un defecto de procedimiento

El anuncio no se publicó en el Bocyl y ese ha sido

Instalaciones de la central de calor de Ponferrada. L. DE LA MATA

Instalaciones de la central de calor de Ponferrada. L. DE LA MATA

Ponferrada

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha desestimado el recurso de apelación presentado por la Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León (Somacyl) y el Ayuntamiento de Ponferrada a la decisión del Juzgado Contencioso-Administrativo de León de declarar ilegal la central de calor de la capital berciana. Ratifica, por lo tanto, la ilegalidad de la construcción y lo hace por un «defecto de procedimiento», según explicaron fuentes de la Consejería de Fomento, que también adelantaron que «reiniciarán los trámites para la concesión de la autorización provisional y la licencia urbanística».

Otra visión diferente defendieron tanto la Asociación de Vecinos de Compostilla como Bierzo Aire Limpio, que celebraron la sentencia como un triunfo «después de cuatro años de lucha». «Esta sentencia ratifica la anulación de los permisos concedidos a la central de biomasa, dejándola en la total ilegalidad y confirmando la decisión impuesta originalmente por el Juzgado al Ayuntamiento, que le ordenó llevar a cabo la paralización de la construcción y cese de la actividad que, en su caso, se estuviera desarrollando», destacaron los colectivos promotores de la denuncia.

Los propios abogados que han llevado el caso reconocen que «el TSJ se basa en unos motivos diferentes a los recogidos en a sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo» pero les vale el hecho de que «los permisos han sido anulados y que se declaran ilegales cinco acuerdos municipales», subrayaron los letrados Víctor A. Bayón y Gracia F. Caballero.

Por su parte, la Junta insistió en que no hay desistimiento en la puesta en marcha de la instalación. «El fallo del TSJ es favorable a la posición del Ayuntamiento y la Junta en la parte sustancial del contencioso, que es la aplicación normativa de la autorización y licencia en cuanto que no puede considerarse contraria a derecho la autorización provisional concedida. Y no solo eso, sino que adelanta su futura adecuación a los usos previstos en la parcela según el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Ponferrada», explicó la Administración autonómica, concretando que el defecto de forma se debe a que la publicación del anuncio de información pública realizado por el Ayuntamiento no se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).

«Con todo ello, y sin perjuicio del inicio de la tramitación del plan de infraestructuras por el Ayuntamiento de Ponferrada se reiniciarán los trámites subsanando el defecto encontrado por el TSJ», insistió la Junta.

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