Diario de León

Infraestructuras

El TSJ ratifica la paralización de la obra de la glorieta de Fuentesnuevas

Rechaza el recurso del Ayuntamiento porque no está clara la titularidad pública del terreno

Ponferrada

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado el recurso presentado por el Ayuntamiento de Ponferrada contra la decisión del Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de León de paralizar de manera cautelar la construcción de la glorieta de Fuentesnuevas en un espacio de 67 metros cuadrados ubicado junto a un edificio de viviendas cuyos propietarios defienden serlo también del citado terreno. Así, la obra seguirá paralizada y el trazado del proyecto que fue aprobado para su ejecución definitiva modificado mientras se resuelve el procedimiento judicial principal. Algo que puede tardar meses.

En octubre del año pasado, el Contencioso-Administrativo de León emplazó al Ayuntamiento de Ponferrada a que presentara la documentación que considerara oportuna para defender la titularidad pública del suelo, ubicado en la intersección entre la avenida de Galicia y la carretera de los Muelles. De no poder probarlo, se mantendría la paralización cautelar de las obras decidida por el mismo órgano dos semanas antes y con los trabajos en plena marcha. Examinados los documentos y planos aportados por la administración, la jueza mantuvo la paralización y el Ayuntamiento, no conforme con esa resolución, presentó el recurso de apelación que ahora ha desestimado el TSJ.

Proceso abierto

La paralización es una medida cautelar mientras se resuelve judicialmente la titularidad del suelo

Lo que la administración local alega en defensa de su manera de obrar es que el terreno es de su propiedad en base a dos circunstancias concretas: una cesión de 210 metros cuadrados que el padre de los ahora recurrentes realizó en 1990, con ocasión de la construcción del edificio; y la expropiación ejecutada por el Ministerio de Fomento en 1978, cuando se ensanchó y mejoró la carretera y se hizo la salida a la N-VI. De ello aportó una serie de documentos que a la titular del Contencioso-Administrativo no le sirvieron para aclarar nada. «Sin poner en duda la necesidad de la realización de obras en la intersección, lo que no está acreditado es que deban pasar por el punto concreto por el que lo hacen», dijo entonces. Una visión compartida por el TSJ, que abunda en lo mismo y ofrece, además, otras consideraciones que «resultan muy interesantes», subrayó el letrado de los particulares, Juan Felipe Méndez.

«Debe considerarse que los actores se hallan en posesión de un inmueble integrado no solo por el edificio levantado, sino también por parte del terreno adyacente a su frente y en un lateral, como parece configurarse en los títulos de dominio aportados. Y ese terreno no edificado viene siendo empleado por los actores, con diferencia del terreno ocupado por la administración local», detalla la sentencia del TSJ, que también hace hincapié en el que hecho de que «la administración ha venido manteniendo durante muchos años la situación de tenencia de los demandantes», es decir, ha respetado el uso particular de esos 67 metros cuadrados sin entrometerse hasta que se iniciaron las obras.

Uso privado

El TSJ incide en que el Ayuntamiento «ha venido respetando como ajena» la superficie

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León reconoce la existencia de la documentación aportada por el Ayuntamiento sobre la cesión y la expropiación anteriormente citadas, si bien, también dice que «no se aprecia con claridad dónde está ese terreno público». Es decir, «no hay correspondencia clara entre la superficie que se ha ocupado y la que pudiera constar de su titularidad o de la Administración central, ya que no hay identificación clara de hasta dónde llega su incidencia en una superficie que ha venido respetando como ajena y que consta en títulos de dominio de los demandantes», incide.

Por lo tanto, sin pruebas claras sobre la titularidad pública del terreno, existiendo títulos de dominio de los particulares y habiéndose permitido su ocupación privada durante años, el TSJ mantiene la suspensión. Y lo hace porque reiniciar los trabajos en la superficie cuestionada ocasionaría «perjuicios de imposible o muy difícil reparación» de tener que reintegrar su posesión a los particulares si así se decide en el proceso principal abierto. El TSJ también considera que mantener el entorno de la glorieta como está actualmente no supone, por contra, un gran perjuicio ya que los vehículos pueden pasar por donde han venido circulando y «los intereses públicos quedan salvaguardados».

Actualmente, la glorieta de Fuentesnuevas parece concluida pero no lo está, al menos no como estaba proyectada. Ante la paralización de las obras, el Ayuntamiento de Ponferrada tuvo que buscar una solución alternativa para poder reabrir el paso en este cruce con las mayores garantías y lo hizo ejecutando la obra y dejando al margen de la misma los 67 metros de la discordia a la espera de la resolución del proceso judicial abierto. Con ello, la circulación y las dimensiones de la calzada varían considerablemente con respecto a otras rotondas de la ciudad en un vial que soporta una gran carga de tráfico, pues da acceso al Hospital El Bierzo.

El propio concejal de Movilidad de Ponferrada y, a la vez, pedáneo de Fuentesnuevas, José Antonio Cartón, ha reconocido en más de una ocasión la «mala ubicación» de la glorieta, un proyecto heredado del equipo de gobierno anterior que ha suscitado numerosas críticas por parte de los vecinos, recogidas de firmas contrarias al proyecto que se aprobó y hasta la creación de una página web específica.

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