Diario de León

Limpieza urbana

El TSJ ratifica la sentencia que anula el contrato de la limpieza a Urbaser

Secunda el fallo del Tribunal de Recursos Contractuales para que se inicie de nuevo el proceso

Ponferrada

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ) ha desestimado el recurso interpuesto por Urbaser contra el fallo del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales (Tarcyl) que anuló la adjudicación a esta empresa del contrato de Limpieza y Jardines que fue aprobado en el Pleno del Ayuntamiento de Ponferrada del pasado 18 de julio de 2018. Contra el fallo aún cabe recurso.

El único concejal que ese día votó en contra, el portavoz del PRB, Tarsicio Carballo, fue quien presentó ante el Tarcyl el recurso en base a una serie de irregularidades y que este órgano de la Administración estimó, considerando que debía volverse al momento de valoración de las ofertas presentadas inicialmente, «de acuerdo con los criterios establecidos en los pliegos».  

El Ayuntamiento de Ponferrada adjudicó por primera vez el contrato a FCC en febrero de 2014, con Samuel Folgueral de alcalde, aunque posteriormente Urbaser inició una batalla en los tribunales que desembocó en un nuevo proceso en el que quedó fuera FCC, que aún sigue prestando el servicio.  

El TSJ, en el fallo al que ha tenido acceso este periódico, ratifica lo dicho por el Tarcyl e impone a Urbaser el pago de 2.000 euros en costas. El portavoz del PRB alegó que, en el concurso inicial, Urbaser «no incluyó el coste de las mejoras en el estudio económico (sobre n° 3) sino en el sobre nº 2, cuando no puede reflejarse ningún dato en dicho sobre», además de presentar un proyecto de prestación de servicios «defectuoso» y con planteamientos «técnicamente inviables», como puso de manifiesto el Comité de Expertos.  

A la vista del recurso del PRB y de la documentación requerida al Ayuntamiento, el Tarcyl entendió que «Urbaser debería haber sido excluida del procedimiento de licitación, al incluir en el sobre nº 2 datos que deben figurar en el sobre nº 3, puesto que en el primero no puede reflejarse ningún dato económico», ya que «revelaría anticipadamente datos de su oferta económica». Además, entendió que en el recurso del PRB no se impugnaban los pliegos «sino el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en la sesión celebrada el 18 de julio de 2018 sobre la propuesta de adjudicación del contrato».  

Ahora, en el fallo del TSJ, se ratifica esa posición, al entender que «la sentencia dio respuesta a la impugnación efectuada en dicho procedimiento, no analizando posibles irregularidades de otros litigantes».  

Tarsicio Carballo valoró ayer el fallo y se congratuló de que «gracias al PRB y a pesar del resto de partidos que pretendieron prolongar este pésimo contrato 20 años más, ya se puede convocar un concurso en condiciones, o municipalizar el servicio», señala en una nota Carballo.  

El concejal de Sostenibilidad Ambiental, Pedro Fernández evitó valorar en profundidad la sentencia a la espera de estudiarla hoy, pero manifestó que el fallo «aclara la situación», aunque todavía quepa recurso.  

«Los planes del Ayuntamiento no van a cambiar», afirmó, en su objetivo de municipalizar el servicio.  

El alcalde, Olegario Ramón, de viaje en Barcelona, analizará hoy la sentencia.

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