Diario de León

Condenados los exjugadores de la Arandina a 38 años de cárcel por violar a una menor

El fallo aprecia la existencia de intimidación ambiental, como el Supremo estableció en el caso de la Manada

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Los tres exjugadores de la Arandina, los leoneses Víctor Rodríguez ‘Viti’, Carlos Cuadrado ‘Lucho’ y su compañero Raúl Calvo, han sido condenados a 38 años de cárcela para cada uno como autores de la agresión sexual a una menor de 16 años.

El fallo de la Audiencia de Burgos recoge esta condena para cada uno como autores de un delito de agresión sexual, con acceso carnal en forma bucal, a la denunciante, que entonces tenía 15 años.

El tribunal aprecia además la existencia de intimidación ambiental por el hecho de haber actuado los tres acusados sobre la víctima, en el piso de éstos, con la luz apagada y por sorpresa, sin que la menor pudiera reaccionar, debido a la diferencia de edad y complexión física de los acusados. En la resolución judicial se toma en consideración el testimonio de la denunciante, en cuanto resultó corroborado por los de aquellas personas más allegadas y por el informe psicológico.

Si bien la postura de la denunciante fue diferente al relatar los hechos a sus conocidos, por influencia de las redes sociales, se aprecia credibilidad a su versión en cuanto refiere que no realizó los hechos voluntariamente.

También se considera probado que los acusados conocían que la denunciante tenía menos de 16 años, iba al colegio con uniforme y su madre y otros testigos se lo habían dicho.

Según los hechos probados, en noviembre de 2017 y sabiendo que la chica tenía 15 años, los tres jóvenes la invitaron a la casa que compartían en Aranda de Duero (Burgos) para grabar un vídeo musical. Cuando estaban en el salón, apagaron la luz, se desnudaron y le quitaron la ropa, ante lo que ella «no supo cómo reaccionar, quedándose paralizada». Los tres la obligaron entonces a masturbarles y realizar sendas felaciones.

Al fijar las condenas, muy superiores a las de otros casos de violaciones en grupo, los jueces siguen el criterio marcado por el Tribunal Supremo en el caso de la Manada y recordado en posteriores sentencias: aunque no hubiera violencia física contra la víctima, sí hubo «intimidación ambiental».

Las penas impuestas se corresponden con la aplicación de la doctrina de la cooperación necesaria, y por ello cada uno de los acusados es condenado como autor por los hechos realizados por el mismo y como cooperador por lo realizado por los demás.

Los acusados quedan absueltos, sin embargo, del delito de proposición de actividades sexuales; y a uno de los acusados, por su madurez similar a la de la víctima (conforme al informe psicológico) y falta de corroboración, del delito de agresión sexual continuada por el que se acusaba a Raúl Calvo.

INDEMNIZACION

El fallo fija una indemnización de 50.000 euros de la cual responderán en forma conjunta y solidaria todos los acusados. Asimismo, se imponen medidas de prohibición de comunicación con la víctima y también libertad vigilada durante 10 años.

El juez impone también a Carlos Cuadrado y Víctor Rodríguez las tres cuartas partes de las costas procesadas causadas a su instancia, incluyendo las relativas a la acusación particular, declarando el resto de oficio, mientras que impone a Raúl Calvo tres quintas partes de las costas procesales, incluyendo las relativas a la acusación particular, declarando el resto de oficio.

El máximo cumplimiento de la pena de prisión se fija en 20 años, conforme a lo dispuesto en el Código Penal. Los posibles recursos serán resueltos por la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL.

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