Diario de León

Entre la confusión y la alarma social

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El 17 de septiembre, después de un verano con noticias sobre ‘okupaciones’ de inmuebles que derivó en un debate político, el Ministerio del Interior publicó una instrucción con el ‘Protocolo de Actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la ocupación ilegal de inmuebles’ para unificar criterios de actuación.

La Fiscalía General del Estado hizo lo mismo en su instrucción 1/2020 para agilizar las medidas cuatelares y facilitar el desalojo cuando se incurra en un delito de allanamiento de morada.

El Ministerio del Interior reconocía la «confusión y alarma social» y lo relacionó con las diferencias entre allanamiento de morada y la usurpación: en los primeros casos se contempla que las Fuerzas de Seguridad desalojen tanto en primeras como en segundas viviendas «sin necesidad de solicitar medidas judiciales, en caso de delito flagrante, directamente y de forma inmediata» incluyendo la «identificación de los ocupantes y su detención si procede».

En concreto, ordenó que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado elaboraran atestados más precisos que permitan el desalojo inmediato y la detención sin necesidad de solicitar medidas judiciales en caso de delito flagrante. Desde entonces había que dejar constancia de puertas y ventanas forzadas, coacciones al propietario y vecinos o sobre el consumo irregular de luz y agua.

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