Diario de León

Los fotorrojo no tienen carteles que avisan al conductor y los radares, sí

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El juez dice que «choca que el Ayuntamiento demandado mantenga dispositivos —carteles informativos— de unos dispositivos —radares— y de otro no —foto-rojos—. Este proceder es especialmente injustificado, dice que el juez. Y añade: «De nuevo, el procedimiento y acción sancionadora del Ayuntamiento de Valladolid es desajustado a derecho».

La falta de control de las cámaras fotorrojo es otra de las irregulares en las que incurre el Ayuntamiento de manera persistente. En este sentido, el magistrado del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 3 recuerda una sentencia de abril de 2018 en la que ya le dijo al Consistorio vallisoletano que «la utilización de sensores y tecnologías, y la utilización de mecanismos de grabado de imágenes, indiscutiblemente tiene que ser objeto de control periódico, lo que no consta que se haga. Así, en tanto en cuanto los siete sistemas de fotorrojo que utiliza el Ayuntamiento de Valladolid no disfruten del preceptivo control metrológico, en opinión de este juzgador carecen de virtualidad probatoria suficiente».

«La necesidad de control es evidente, máxime si el citado municipio gusta de utilizar en exceso de este tipo de dispositivos junto con la posterior dinámica, casi invariable, de hacer caso omiso de las alegaciones que se le presenten», precisa.

En la resolución, critica también la falta de concreción de la resolución sancionadora. «Es de una abstracción tal que causa inequívocamente indefensión», señala el juez, quien añade que lo expuesto por el Ayuntamiento en tal documento «no guarda la más mínima congruencia» con las alegaciones formuladas por la conductora hasta el punto que podría utilizarse para «sanciones en materia de tráfico, de seguridad ciudadana, de convivencia, de ruido...».

El juez compara el proceder del Ayuntamiento con el que sigue Hacienda para concluir que «sería impensable que la citada Agencia Estatal de la Administración Tributaria notificase sus liquidaciones y sanciones de igual guisa que como gusta de hacer el Ayuntamiento de Valladolid».

La sentencia reproduce en esencia los argumentos utilizados por el magistrado en una resolución del año pasado en la que anuló también una sanción impuesta por el Ayuntamineto de Arroyo de la Encomienda, resolución en la que también cuestionó la legalidad de las multas de los radares del municipio.

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