Diario de León

La Junta cumple «razonablemente» la legalidad en la contratación

El Consejo de Cuentas advierte a la administración de que debe depurar defiencias

Mario Amilivia es el presidente del Consejo de Cuentas. EFE

Mario Amilivia es el presidente del Consejo de Cuentas. EFE

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El Informe de Fiscalización sobre la contratación de la Administración General e Institucional de Castilla y León realizado por el Consejo de Cuentas concluye que la Comunidad cumple «razonablemente» con la legalidad aplicable en materia contractual aunque reconoce salvedades que afectan al principio de «publicidad y transparencia» por lo que da una serie de recomendaciones para depurar «deficiencias».

Se trata de una de las fiscalizaciones previstas en la Ley que regula el Consejo y el trabajo, que se refiere a los dos primeros años desde la entrada en vigor en marzo de 2018 de la nueva Ley de Contratos del Sector Público, consiste en una auditoría de cumplimiento de la legalidad sobre la gestión contractual en relación con la aplicación de los principios de publicidad y transparencia de los procedimientos, así como los de concurrencia, no discriminación e igualdad de trato.

Según el Consejo de Cuentas, la Administración de la Comunidad adjudicó, excluida la contratación menor, en 2018 un total de 2.655 contratos, por importe 709 millones, y en 2019 un total de 3.224 contratos, por importe de 762 millones y para esta fiscalización se ha seleccionado una muestra de 84 contratos, con un importe de 249 millones.

Algunas de las deficiencias de este informe apuntan a que en ocho expedientes no consta la designación de un responsable del contrato; en nueve no figuran los cálculos realizados para la estimación del importe del contrato y de su adecuación al precio general de mercado; y en diez contratos no hay constancia de la publicación, en el perfil de contratante, de documentos o aspectos del expediente.

Asimismo, en 12 contratos la acreditación de la solvencia económicofinanciera y/o técnica y profesional de los licitadores no se realiza o se realiza deficientemente; en nueve los criterios de adjudicación evaluables mediante juicios de valor presentan un incorrecto o insuficiente desarrollo; en 24 se produce una incorrecta ponderación de la oferta económica; en 16 se incumple el plazo máximo para efectuar la adjudicación y en siete el documento de formalización presenta omisiones o no se ajusta a lo previsto en la normativa.

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