Diario de León

Sin pensión de viudedad porque no estaba inscrita

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha denegado la pensión de viudedad a una mujer que pretendía cobrar esa retribución tras la muerte del hombre con el que convivía desde hacía más de cinco años pero que con el que no figuraba como pareja de hecho en ningún registro público.

El tribunal ratifica así una sentencia anterior del Juzgado de lo Social número uno de Zamora y ha desestimado las pretensiones de la mujer al no haber acreditado que era la pareja sentimental del fallecido, según ha informado este lunes el TSJCyL en un comunicado.

En su resolución, el tribunal ha indicado que en el caso analizado no se discute la existencia de una convivencia durante más de cinco años en el mismo domicilio de la demandante y el hombre fallecido en abril de 2018.

No se ha acreditado la existencia de pareja de hecho por alguno de los medios establecidos en la ley, bien fuera mediante la inscripción en un registro específico de parejas de hecho o a través de un documento público en el que conste la constitución de la misma, en ambos casos al menos dos años antes del fallecimiento.

La sala de lo Social del TSJCyL ha considerado que la exigencia de inscripción en el registro de parejas de hecho no puede ser sustituida por la aportación de «unos certificados de empadronamiento, que constituyen prueba de residencia y domicilio pero no sirven para acreditar la existencia de pareja de hecho». Tampoco acepta como prueba la adquisición de una vivienda en común más de dos años antes, ya que además en la escritura de compraventa no se manifestaba que fueran pareja de hecho.

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