Diario de León

El Supremo revisa la sentencia por la matanza de los jesuitas en El Salvador

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El Tribunal Supremo revisa este miércoles la sentencia que condenó al excoronel y exviceministro de Seguridad Pública de El Salvador Inocente Montano, a 133 años y cuatro meses de prisión como responsable de los asesinatos de los cinco jesuitas españoles en 1989, entre ellos Ignacio Ellacuría.

Cinco magistrados se reúnen a primera hora para la deliberación y fallo del recurso de casación de la defensa del excoronel contra la sentencia de la Audiencia Nacional, que lo condenó como responsable de haber planeado y ordenado, junto a la cúpula castrense de su país y el expresidente Alfredo Cristiani (1989-1994), la matanza.

El tribunal está formado por los magistrados Manuel Marchena (presidente), Antonio del Moral, Pablo Llarena, Vicente Magro (ponente) y Eduardo Porres, han informado a Efe fuentes jurídicas. En el juicio, Montano se desmarcó de cualquier decisión, diseño o ejecución de los asesinatos, de los que nunca fue informado por nadie, ni por los militares ni mucho menos por Alfredo Cristiani.

LA CÚPULA MILITAR

Pero, los magistrados aseguran que los ocho asesinatos «fueron urdidos, planeados, acordados y ordenados por los miembros del alto mando de las Fuerzas Armadas, órgano al que pertenecía Inocente Orlando como viceministro de la Seguridad Pública», quien participó en la decisión por la cual se «transmitió la orden de realizar las ejecuciones al coronel director de la Escuela Militar», Guillermo Benavides, un mando medio que es el único condenado en El Salvador.

La resolución condenó al excoronel Montano, único dirigente del alto mando enjuiciado por estos hechos en nuestro país, como autor de cinco delitos de asesinatos de carácter terrorista. Igualmente, le atribuyó los asesinatos del otro jesuita salvadoreño, así como de la cocinera de la universidad y su hija de 15 años, si bien no puede condenarle por estos hechos al no haber sido extraditado por EEUU por esos crímenes.A la espera de la resolución del Supremo, la sentencia de la Audiencia Nacional fijó un tiempo máximo en la cárcel que no podrá exceder de los 30 años.

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