Diario de León

Un buen año para la caña y el sedal

La temporada se iniciará en León el 26 de marzo con pocas novedades en la normativa

La temporada de pesca en los ríos leoneses levantará el telón en mes y medio. FERNANDO OTERO

La temporada de pesca en los ríos leoneses levantará el telón en mes y medio. FERNANDO OTERO

León

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La temporada de pesca en los ríos de la Comunidad, y en el caso concreto de los leoneses levantará el telón el 26 de marzo. A mes y medio vista las perspectivas se presentan en clave positiva. Incluso mejorando a un 2021 que se puede considerar un año notable. Algo que los pescadores agradecerán en una provincia que puede presumir tanto de liderar el número de practicantes como en la extensión de sus masas de agua.

Serán cuatro meses de actividad en las zonas de agua sin regular (31 de julio) y algo más para las regularas (15 de octubre) en las que los pescadores podrán dar rienda suelta a su afición en una temporada en la que a diferencia de algunas precedentes la normativa apenas variará.

En lo referido a este apartado, esencial para regular la actividad piscícola es preciso apuntar que se mantiene la simplificación de años anteriores y se establecen medidas de gestión de pesca para el control de especies exóticas invasoras, de manera que para estas no se contempla talla mínima cupo de capturas ni se permite la devolución a las aguas de los ejemplares de especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, con la excepción de la carpa y del blackbass, que sí podrán ser devueltas si así lo desea el pescador. En el caso del cangrejo rojo y del cangrejo señal, la orden permite su pesca sin cupo ni talla entre los meses de junio a diciembre.

En relación con los períodos y días hábiles, durante la temporada de pesca 2022 se mantiene en aguas no trucheras de acceso libre al igual que en pasadas campañas la posibilidad de practicar la pesca todos los días del año. En cambio, en aguas trucheras de acceso libre dependerá de la provincia en que se ubique la masa de agua.

Al igual que durante la pasada temporada de pesca la orden establece que en las aguas no trucheras el pescador deberá devolver cualquier captura de trucha, por motivos de protección de las poblaciones residuales o potencialmente colonizadores de aguas donde su presencia es más bien anecdótica, pero muy interesante desde un punto de vista ambiental. Una disposición adicional concreta el régimen de acceso a permisos en los cotos de pesca y a los pases de control en las aguas en régimen especial.

Las especies pescables son 14 destacando entre ellas, la trucha común, especie declarada de interés preferente por la importancia ecológica y deportiva que reúne. Otras de gran interés son los barbos, la tenca, las bogas, el bordallo, el piscardo y el carpín. Las tallas autorizadas en las aguas de acceso libre (tanto trucheras como no trucheras) son de 18 centímetros para los barbos, 15 centímetros para las tencas, 10 cm para las bogas, mientras que en las especies más pequeñas como el gobio y piscardo son a partir de los ocho centímetros.

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