Diario de León

El contribuyente podrá elegir entre dos cálculos de plusvalía según le convenga

Los que no obtengan una ganancia por la venta de un inmueble estarán exentos de pagar

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. MARISCAL

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. MARISCAL

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El Consejo de Ministros ha aprobado este lunes el Real Decreto-ley con el que se adapta el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía municipal, a la sentencia del Tribunal Constitucional y que establece dos opciones para determinar la cuota tributaria, que el contribuyente podrá elegir para aplicarse la más beneficiosa.

Así lo ha explicado la portavoz del Gobierno y ministra de Política Territorial, Isabel Rodríguez, en la rueda de prensa desde La Moncloa posterior al Consejo de Ministros que se ha celebrado este lunes, dado que mañana martes, día habitual de los consejos, es festivo en Madrid.

En concreto, los ciudadanos podrán optar por calcular el importe por el resultado objetivo de multiplicar el valor catastral por unos nuevos coeficientes o podrán decantarse por el cálculo a través de una ganancia real, con la diferencia entre el precio de venta y el de adquisición.

En caso de que el contribuyente no obtenga una ganancia patrimonial por la venta de la vivienda, quedará exento de pagar este impuesto, según ha explicado la portavoz. El Gobierno plantea unos nuevos coeficientes que se aplicarán sobre el valor catastral y que se actualizarán con carácter anual a través, por ejemplo, de la Ley de Presupuestos Generales del Estado. También como novedad, serán gravadas las plusvalías generadas en menos de un año.

El objetivo de esta reforma es adecuar el impuesto a la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional, en la que declara inconstitucionales determinados artículos de este impuesto que, en la práctica, supone la nulidad del mismo al rechazar el sistema de cálculo de las plusvalías. En concreto, la sentencia indica que el método de cálculo de la base imponible conduce a un resultado que se aleja «notablemente» de los valores reales de los inmuebles en el mercado inmobiliario.

La portavoz del Gobierno ha puesto en valor el decreto aprobado ayer, ya que permite a los ayuntamientos no tener que recortar sus servicios y garantiza su financiación, al tiempo que se asegura a los ciudadanos que no tendrán que pagar impuestos cuando no les corresponde.

SEIS MESES PARA ADAPTARSE

Los ayuntamientos llevan desde el día 26 de octubre que se dictó la sentencia sin recaudar por este tributo (cuya recaudación anual ascendía a un total de 2.500 millones), de ahí la premura de Hacienda para tenerlo listo cuanto antes y además hacerlo mediante un real decreto-ley, lo que permite que pueda entrar en vigor de manera inmediata, una vez publicado en el BOE, sin perjuicio de que posteriormente se pueda tramitar en el Parlamento como proyecto de ley sujeto a cambios. Pese a la premura de la entrada en vigor de este nuevo texto legislativo, el Gobierno dará a las entidades locales seis meses para adaptar su normativa al nuevo marco legal, aunque el texto entrará en vigor en cuanto se publique en el BOE.

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