Diario de León

Gobierno, sindicatos y patronal acuerdan laboralizar a los ‘riders’

Varias asociaciones de repartidores se desmarcan y demandan seguir siendo autónomos

‘Riders’ asturianos en una concentración. J. L. CAREJIDO

‘Riders’ asturianos en una concentración. J. L. CAREJIDO

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El Gobierno y los agentes sociales (sindicatos y patronal) han finalizado la última reunión de trabajo de la Ley de plataformas digitales, conocida como ‘Ley de riders’, con el acuerdo de todas las partes de que hay que laboralizar a los ‘riders’, según han señalado fuentes del diálogo social a Europa Press.

Además, durante el encuentro celebrado este miércoles, los empresarios han presentado una propuesta sobre cómo laboralizar a los trabajadores de las plataformas digitales, dado que ahora en su mayoría son autónomos.

Esta ha sido la última reunión de la mesa, después de que el Ejecutivo pidiera a finales de enero a los interlocutores sociales sus últimas propuestas para cerrar el texto de la ley, aunque durante los próximos días continuarán los contactos técnicos.

El Gobierno se ha comprometido a remitir a los agentes sociales un documento de síntesis que integre las propuestas que han puesto encima de la mesa tanto unos como otros. Es probable que esta norma vaya para su aprobación al Consejo de Ministros próximamente, aunque no hay un plazo fijado. En un comunicado conjunto, CCOO y UGT han afirmado que dan por cerrado el proceso de negociación sobre ‘riders’ y han valorado que, aunque no se ha logrado cerrar un texto definitivo durante el encuentro de hoy, la patronal haya expresado «su opinión sobre esta materia» por primera vez.

Ambos sindicatos han apuntado que están «a la espera» del documento de síntesis que el Ejecutivo les va a presentar y han señalado que una vez lo analicen «tomarán una posición».

Ceoe, por su parte, ha destacado también que va a seguir trabajando para poder alcanzar un acuerdo. En los próximos días, solo habrá alguna reunión, según han señalado los agentes sociales, si se considera necesario «para perfeccionar técnicamente el texto».

CCOO y UGT confían en que el documento reconozca la condición de empresarios y trabajadores por cuenta ajena, trasladando a la normativa lo establecido por la sentencia del Tribunal Supremo. No obstante, han lamentado la intención expresada por el Gobierno de que este reconocimiento de la relación laboral se limite a los repartidores y no abarque a quienes, en las mismas condiciones descritas por la Sentencia, «realizan su trabajo para otras plataformas digitales que están utilizando de forma fraudulenta el trabajo autónomo».

EXISTE RELACIóN LABORAL

El pasado mes de septiembre el Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo declaró que la relación existente entre un repartidor (‘rider’) y la empresa Glovo tiene naturaleza laboral, por lo que rechazó elevar cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En concreto, el alto tribunal estimó el primer motivo del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el demandante, argumentando que concurren las notas definitorias del contrato de trabajo, examinando en particular las de dependencia y ajenidad.

Así, el Tribunal Supremo sostuvo que Glovo no es una «mera intermediaria» en la contratación de servicios entre comercios y repartidores. El Tribunal Supremo se pronunció de esta forma después de que el TSJM determinara a sentencia que la empresa Glovo es una plataforma de reparto y no de comercio.

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