Diario de León

La inspección sancionará el lunes a empresas sin planes de igualdad

Apenas 5.000 de las 30.000 compañías obligadas por ley han registrado sus medidas para la paridad

Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo. RAÚL CARO

Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo. RAÚL CARO

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Ya no hay más margen de tiempo. Terminó el plazo acordado por el Gobierno para que las empresas de más de 50 trabajadores tengan aprobado un plan de igualdad que ayude a eliminar la brecha de género.

Es una realidad que los hombres ocupan los puestos de más responsabilidad y las mujeres se concentran en las categorías más bajas. A esto se une su dedicación mayoritaria a los cuidados familiares. Para tratar de paliar estas y otras desigualdades, el Gobierno impuso la obligación de tener un plan de igualdad a las empresas, aunque estableció un plazo para poder desarrollarlo.

Las compañías de más de 100 empleados ya deben tener uno desde marzo del año pasado (las de más de 150 llevan ya dos años con esta obligación) y desde este lunes, 7 de marzo, todas las que tengan 50 trabajadores o más han de contar con uno.

Por ello, desde ya la inspección de trabajo podrá sancionar a aquellas que no lo cumplan, con multas que pueden ir desde los 751 euros a los 7.500 euros. E incluso esta cuantía puede elevarse hasta los 187.515 euros si existe una orden de la autoridad laboral para que la empresa posea uno de estos planes o si se detecta algún tipo de discriminación por razón de género.

Y las sanciones pueden ser muy numerosas puesto que son menos de 5.000 las compañías que tienen a día de hoy un plan registrado, pese a que esta obligación afecta a más de 30.000. Es decir, sólo una de cada seis cumple con la ley y 25.000 podrían ser multadas por ello.

Desde CC OO sí reconocen que «hay muchas negociaciones abiertas» y que no dan abasto, puesto que la mayoría han convocado las mesas de negociación «en el último momento». Incluso el sindicato se lamenta de que hay empresas de más de 250 trabajadores que tienen esta obligación desde el año 2007 y están ahora empezando a elaborarlo.

¿Qué debe contener este plan de igualdad para cumplir con la ley? Un plan de igualdad es un conjunto ordenado de medidas en el que se fijan los objetivos que se quieren alcanzar, estrategias y prácticas y sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de objetivos. Así, deben contener materias como acceso al empleo, clasificación profesional, promoción, formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo, conciliación de la vida laboral y familiar, prevención del acoso sexual y por razón de sexo, etc. La vigencia máxima es de cuatro años, por lo que al menos cada cuatro años debe renovarse.

E plan de igualdad deberá determinar las partes que lo conciertan, ámbito personal, territorial y temporal y contener un informe del diagnóstico de situación de la empresa o, en su caso, de cada una de las empresas del grupo. Y es que aunque en principio cada compañía debe tener su propio y específico plan de igualdad, si la comisión negociadora da el visto bueno puede hacerse uno único a nivel global para todas, eso sí, haciendo un diagnóstico por cada empresa.

Todas las firmas que elaboren un plan de igualdad deben incluir en él una auditoría retributiva. Ahí, además de recoger la información salarial distribuida por grupos o categorías profesionales, deberán también reflejarla por las agrupaciones de los trabajos de igual valor en la empresa, conforme a los resultados de la valoración de puestos de trabajo y, además, incluirán una justificación cuando la media aritmética o la mediana de las retribuciones totales en la empresa de las personas trabajadoras de un sexo sea superior a las del otro en, al menos, un 25%.

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