Diario de León

La ley «desampara» a quien adelanta dinero para comprar un piso sobre plano

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s. muñoz vega | madrid

La reforma de la ley de cantidades entregadas a promotoras o cooperativas inmobiliarias «desampara» a los compradores de vivienda sobre plano, hasta ahora protegidos por un vestigio normativo que ha motivado una doctrina del Tribunal Supremo favorable al consumidor, según los expertos.

La abogada Marta Serra advierte de que tras el cambio normativo, en vigor desde comienzos de año, los bancos sólo están obligados a devolver el dinero de promociones de viviendas fallidas a aquellos afectados que hayan comprado sobre plano antes del 31 de diciembre de 2015 gracias a una sentencia del Alto Tribunal.

El pasado diciembre, el Supremo obligó a Banco Sabadell a devolver 38.400 euros por su responsabilidad civil solidaria en una promoción fallida a la que la CAM -adquirida por la entidad catalana en 2011- había concedido un crédito para realizar un proyecto urbanístico en Denia (Alicante).

El pleno de la Sala de lo Civil fijó entonces doctrina en virtud de la ley 57/68 sobre percepción de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas, firmada el 27 de julio de ese año por el que fuera presidente de las Cortes franquistas entre 1965 y 1969, Antonio Iturmendi.

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