Diario de León

Las nuevas tarjetas ‘revolving’: restricciones en su publicidad y aprobación

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El trasiego del uso diario de las tarjetas de crédito con las que se paga siempre la misma cuota independientemente de las compras realizadas va a estar más restringido con la nueva regulación aprobada por el Gobierno para evitar el sobreendeudamiento de las familias, que tantos quebraderos de cabeza ha provocado en muchos hogares. El Ministerio de Economía publicó este lunes una orden en el BOE con la que se refuerza la protección de los usuarios en dos aspectos básicos: la forma con la que se comercializa este producto, habitualmente en puntos ‘calientes’, teléfono o internet; y el proceso por el que el banco analiza la solvencia de los solicitantes.

El cambio llega después de que el Tribunal Supremo anulara en febrero los tipos que cobran las entidades con estos productos si son «desorbitados» con respecto a la media que aplican el resto de bancos, en una sentencia que condenaba a Wizink. La cuestión no es baladí porque su interés medio se encuentra en torno al 19%, según el Banco de España, aunque ha llegado a superar el 21% hace tres años.

Entre las nuevas exigencias, la entidad debe ofrecer una información precontractual más detallada en el punto de venta, que deberá reflejarse en un ejemplo representativo de lo que le puede costar ese crédito ‘revolving’ con dos opciones de cuota, dependiendo del tipo de interés. Además, el banco deberá remitir al cliente información trimestral sobre el crédito al cliente.

La norma elaborada por el departamento que dirige Nadia Calviño incluye cambios en el proceso de concesión, habitualmente muy rápido. Se establece como orientación que el importe anual de las cuotas permita amortizar una cuantía mínima anual del 25% del límite de crédito concedido.

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