Diario de León

El Supremo prohíbe que una empresa niegue las propinas a sus empleados

El tribunal declara nula esta decisión por hacerla sin causa justificada y sin negociar

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León

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Las propinas forman parte de las condiciones de trabajo de los empleados de la hostelería y no se pueden prohibir sin una causa justificada y sin someterlo a un periodo de consultas con los sindicatos. Así lo consideró el Tribunal Supremo, que en una sentencia declaró nula la decisión de una empresa de restauración de impedir que sus trabajadores acepten gratificaciones de sus clientes.

El Alto Tribunal consideró que esta prohibición que afectaba a unos 110 empleados de cinco cafeterías en Asturias constituye una «modificación sustancial» de las condiciones de trabajo que, en todo caso, debe seguir los trámites del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.

El fallo da la razón al sindicato CC OO, que presentó un recurso contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, y declaró el derecho de las personas afectadas por el conflicto colectivo a continuar recibiendo propinas por parte de la clientela. De igual forma, obligó a no excluir a quienes están laboralmente vinculados a la empresa con contratos temporales, ya que hasta ahora el dinero recaudado se repartía solo entre el personal fijo.

«Ni el carácter extrasalarial de la propina ni su dependencia de la voluntad de terceras personas impiden que la posibilidad de recibir esas liberalidades de la clientela se considere como una verdadera condición de trabajo», explicó la sentencia.

La empresa reprendida es Serunión, que gestiona cinco establecimientos de restauración colectiva en Asturias, la mayoría cafeterías de hospitales, y, tras examinar los resultados de una auditoría interna, acordó proscribir los «botes» para propinas. No obstante, el Tribunal sí considera que «la empresa puede acordar la prohibición de que su plantilla sea gratificada por la clientela», pero ha de seguir el procedimiento fijado al efecto por el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, por «estar ante una condición de trabajo».

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