Diario de León

El voto por correo puede solicitarse hasta el 3 de febrero

Los electores deben dirigirse a Correos o hacerlo a través de la página web de la empresa

Una persona deposita su voto en una urna en una jornada electoral. JESÚS F. SALVADORES

Una persona deposita su voto en una urna en una jornada electoral. JESÚS F. SALVADORES

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Hasta el 3 de febrero se puede solicitar el voto por correo para las elecciones a las Cortes de Castilla y León de manera telemática desde la web www.correos.es o presencialmente en cualquier oficina de Correos, según recordó ayer la compañía a través de un comunicado en el que explica que la situación sanitaria generada por la pandemia ha provocado una serie de adaptaciones relativas a los trabajos que legalmente tiene encomendados respecto a los procesos electorales.

Así, los electores que decidan votar por correo en las elecciones castellano y leonesas pueden solicitar hasta el día 3 de febrero (inclusive) el certificado de su inscripción en el Censo Electoral. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia y puede solicitarse por vía telemática a través de la web www.correos.es o en cualquier oficina de España, en su horario habitual.

En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos y minimiza el contacto social, los interesados deben acreditar su personalidad mediante firma electrónica, aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).

La solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser hecha personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad —acreditada mediante certificación médica oficial— que le impida la formulación personal de dicha petición.

En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente. En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales.

La fase de la entrega de la documentación electoral al solicitante por parte del cartero o cartera se adapta a la nueva coyuntura. El protocolo de seguridad para determinados envíos puesto en marcha por Correos desde el inicio de la pandemia para evitar la firma en la PDA e impedir que los destinatarios de los envíos y el cartero toquen este equipamiento se extiende a la entrega de la documentación electoral.

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