Diario de León

Absueltos dos mossos que acompañaban a Puigdemont en su huida

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La Audiencia Nacional ha absuelto de un delito de encubrimiento a los dos mossos d’Esquadra que, en sus días libres, acompañaron al expresidente catalán Carles Puigdemont por varios países del norte de Europa hasta su detención en Alemania el 25 de marzo de 2018 en cumplimiento de una orden de detención emitida dos días antes. La sentencia considera acreditado que los dos agentes, Carlos de Pedro L. y Xavier G., para los que la Fiscalía pedía año y medio de cárcel, ayudaron a Puigdemont, conscientes de que estaba siendo investigado en España por el «procés» y que había una orden europea de detención (OED) contra él, pero concluye que los hechos no se pueden tipificar como delito de encubrimiento del artículo 541.3 del Código Penal.

El titular del Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional, Jose Manuel Fernandez- Prieto, analiza en su sentencia ese artículo del Código Penal que tipifica el encubrimiento y concluye que en este caso concreto sólo se podría condenar por ese delito si se tratara de encubrir hechos tipificados como rebelión, y no como sedición.

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