Diario de León

Cinco años del caso de La Manada, el germen de la ley del solo sí es sí

La violación grupal de una joven en los Sanfermines de 2016, el conocido como caso de La Manada, desató una ola de protestas debido a la escasa pena inicial impuesta a los cinco agresores y ha contribuido, cinco años después, a la reforma del Código Penal, con la eliminación del delito de abuso sexual que contempla la ley del "solo sí es sí".

-Uno de los cuatro integrantes de la llamada "manada de Callosa" llega a la Audiencia Provinical de Alicante para la celebración del juicio acusados de un presunto delito de violación en grupo. EFE/MORELL

-Uno de los cuatro integrantes de la llamada "manada de Callosa" llega a la Audiencia Provinical de Alicante para la celebración del juicio acusados de un presunto delito de violación en grupo. EFE/MORELL

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Este martes el Consejo de Ministros tiene previsto aprobar el proyecto de ley de garantía integral de la libertad sexual, conocida como la ley del "solo sí es sí", que cambia la forma en que se juzgan los delitos sexuales, regula el consentimiento expreso y acaba con la distinción entre abuso y violación.

El consentimiento expreso pasará a ser la pieza clave para juzgar los delitos sexuales y se define de la siguiente manera: "Solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente, mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona".

Las víctimas ya no tendrán que acreditar que han sufrido violencia o que se han resistido. Todo acto sexual sin consentimiento será agresión y se eliminarán los abusos sexuales del Código Penal.

Una reforma a la que el Ejecutivo llega cinco años después del caso de La Manada.

Violación grupal en los Sanfermines de 2016

El 7 de julio de 2016 cinco jóvenes sevillanos, que se hacían llamar La Manada y que habían acudido a Pamplona a celebrar los Sanfermines, acorralaron a una chica madrileña de 18 años en el portal de una vivienda y cometieron sobre ella todo tipo de prácticas sexuales mientras lo grababan por teléfono.

La Audiencia de Navarra condenó dos años después a cada uno de los cinco agresores a nueve años de prisión por un delito de abuso sexual, pero no de violación. Meses después el Tribunal Superior de Justicia de Navarra confirmó la condena.

Estas sentencias provocaron importantes protestas en toda España bajo los lemas "No es abuso, es violación", "Hermana, yo sí te creo" y "Solo sí es sí".

Tras el recurso de la Fiscalía General del Estado, el Tribunal Supremo elevó en 2019 las penas a Alfonso Jesús Cabezuelo, José Ángel Prenda, Antonio Manuel Guerrero, Jesús Escudero y Ángel Boza. Fueron condenados finalmente a 15 años al sentenciar que cometieron un delito continuado de violación y no un abuso sexual.

La sentencia consideró que el relato de la víctima describía un "auténtico escenario intimidatorio en el que la joven en ningún momento fue consiente de los actos sexuales llevados a cabo por los acusados", frente a los argumentos de las defensas que siempre cuestionaron la declaración de la víctima, que las relaciones fueron consentidas y que nunca dijo que no.

Los cinco ingresaron en distintas prisiones para cumplir condena y a día de hoy continúan en la cárcel.

A esta condena se suma, en el caso de cuatro de ellos, la que les impuso también en 2019 la Audiencia Provincial de Córdoba por abusar sexualmente de una joven en Pozoblanco en 2016.

Las otras manadas

Aunque menos mediáticas, en estos últimos cinco años se han registrado más de una veintena de agresiones o abusos sexuales en grupo.

Una de las más graves fue la que sufrió en 2016 una joven de 14 años en una nave industrial de Manresa. La Audiencia de Barcelona impuso penas de entre 10 a 12 años de cárcel a los cinco procesados por un delito de abuso sexual, al entender que no estaba probada la "intimidación ambiental" que permitiría elevarlo a agresión sexual.

En diciembre 2017, tres jóvenes futbolistas del Arandina Club de Fútbol, en Aranda de Duero (Burgos), fueron detenidos y acusados de un delito de agresión sexual a una joven de 15 años. La Audiencia Provincial de Burgos condenó a 38 años de cárcel a cada uno de los tres acusados por agresión sexual a una menor y como cooperadores de agresión sexual en los delitos de los otros dos acusados.

Sin embargo, en marzo de 2020 el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) absolvió a uno de los exjugadores y rebajó la pena a los otros dos encausados, dejándola en cuatro años en un caso y tres años de prisión en el otro.

En febrero de 2019, siete hombres de origen magrebí, de entre 21 y 53 años, fueron detenidos por su supuesta implicación en la violación múltiple de una joven de 18 años en una nave abandonada de Sabadell (Barcelona). En abril de 2021, la Audiencia de Barcelona condenó a penas de hasta 31 años de cárcel a tres de los cuatro acusados y absolvió a otro.

El germen de la ley

La primera sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra y el movimiento social que provocó el escaso reproche penal a La Manada, motivó al Ministerio de Justicia a impulsar la creación de una comisión de expertos para estudiar una posible modificación de la tipificación de los delitos sexuales.

Este proyecto quedó aparcado al convocarse elecciones en abril de 2019. Con el nuevo Ejecutivo, el Ministerio de Igualdad tomó el testigo y fijó como una de sus prioridades retomar la reforma con el objetivo de regular el consentimiento expreso en las relaciones sexuales.

Tras un camino de vicisitudes que ha durado 16 meses, con desacuerdo entre Justicia e Igualdad, el proyecto de ley que llega este martes, 6 de julio, al Consejo de Ministros acaba con la distinción de abuso y violación, y agrava las agresiones grupales, la violencia grave o la especial vulnerabilidad de la víctima.

Además, considera violencia sexual la agresión, el acoso, el exhibicionismo, el acecho o acoso callejero, la provocación sexual, la prostitución ajena, la explotación sexual, la corrupción de menores, la mutilación genial femenina, el matrimonio forzado, el feminicidio sexual y, en el ámbito digital, la violencia sexual transmitida por medios tecnológicos, la extorsión sexual y la pornografía no consentida.

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