Diario de León

Bárcenas seguirá preso al contar con «patrimonio oculto»

La Audiencia Nacional rechaza dejar libre al extesorero del PP con una pulsera telemática

Publicado por
León

Creado:

Actualizado:

Luis Bárcenas seguirá en prisión a la espera de que el Tribunal Supremo resuelva su recurso. Tras cumplir tres años en la cárcel en dos etapas, la Audiencia Nacional rechazó ayer la petición de libertad provisional formulada por el extesorero del PP, condenado en primera instancia a 33 años y cuatro meses de cárcel en la pieza principal del caso Correa. La Sala, por unanimidad, entiende que persiste el riesgo de fuga al contar con un «importante patrimonio» económico que está oculto en el extranjero.

En un auto, los tres magistrados de la Sección Segunda de lo penal rechazan la petición de Bárcenas en la que solicitaba su libertad provisional por haber disminuido el citado riesgo de fuga al haber cumplido tres años de prisión preventiva (más de 1.000 días), 190 días de comparecencias judiciales cuando fue excarcelado tras su detención, más de siete años de retirada de pasaporte y 80 asistencias al juicio de Correa. Unos cumplimientos que suponen seis meses computables en una eventual liquidación de condena.

En su recurso, el extesorero del PP y exsenador argumentaba también su «sobrado y acreditado» arraigo familiar, por lo que se debía levantar la medida privativa de libertad y, en su caso, acordar otras menos lesivas como el control por pulsera telemática o comparecencias periódicas ante un juzgado de la Audiencia Nacional.

La resolución, con el informe favorable del fiscal, reitera los argumentos expuestos en sus resoluciones anteriores en las que rechazó su excarcelación y señala que Bárcenas no ha aportado ninguna circunstancia nueva que permita modificar su situación. Es decir, que no ha colaborado con la justicia.

El tribunal presidido por Fernando Andreu resalta que si bien la sentencia condenatoria no es firme al estar pendiente el recurso de casación en el Tribunal Supremo, «la misma supone una confirmación de los indicios incriminatorios y por tanto de su culpabilidad, que aun cuando no es suficiente para la prolongación automática de la prisión provisional hasta la mitad de la pena impuesta (.) sí es considerado tanto por nuestro Tribunal Constitucional como por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos un elemento relevante para ponderar el riesgo de fuga».

Además, el auto valoró la existencia de un importante patrimonio económico oculto en el extranjero, que facilitaría su sustracción a la justicia, con el consiguiente perjuicio a esta causa y a las que aún tiene pendientes de enjuiciamiento (la pieza referida a la ‘caja B’ del PP o los ‘papeles de Bárcenas’).

Por tanto, entiende la Sala que la única circunstancia novedosa ha sido el transcurso del paso del tiempo, ocho meses más desde la última resolución, «pero que no es suficiente por sí mismo para considerar eliminado el riesgo de fuga». En conclusión, la prisión provisional del extesorero del PP «sigue siendo necesaria y proporcionada».

tracking