Diario de León

Los beneficiarios de la ayuda por hijos cobrarán la renta mínima

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El Ingreso Mínimo Vital, que se aprobará en Consejo de Ministros extraordinario a finales de semana, incluye una prestación transitoria que estará vigente este año para los beneficiarios de la asignación económica por hijo o menor a cargo de la Seguridad Social, según el borrador del real decreto al que ha tenido acceso este periódico.

La prestación por hijo o menor a cargo sin discapacidad alcanza los 341 euros anuales (28,41 euros mensuales) cuando los ingresos del beneficiario no superan el límite establecido de 12.424 euros anuales, más un 15% por cada hijo o menor a partir del segundo. Aunque la cuantía por hijo en hogares con una situación de pobreza más severa asciende a los 588 euros (49 euros al mes).

Según este capítulo del borrador del decreto del IMV que aún perfila la Seguridad Social, los perceptores de las ayudas por hijo a cargo tendrán derecho a cobrar el IMV cuando la cuantía que les dé derecho a percibir sea igual o superior a los 50 euros, es decir, si al hogar del que se trate «le faltan» 50 o más euros para alcanzar la cifra que de acuerdo con el decreto le correspondería tener como renta garantizada. Porque la filosofía de la nueva prestación no contributiva de la Seguridad Social es complementar los ingresos de los hogares hasta los umbrales en que se considera que debe estar cada tipo por su composición y que oscila entre los 461 euros, en el caso de los unipersonales, y los poco más de 1.000 euros para familias con dos adultos y tres o más niños. Así, un hogar formado por un adulto y un menor tiene derecho a una renta de 700 euros. Si esa unidad familiar contara con un salario de 400 euros, la Seguridad Social debería complementar los ingresos con 300 euros.

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