Diario de León

Fue una "compra simulada"

Los Franco deben devolver el pazo de Meirás

La jueza considera que la compraventa realizada en 1941 fue "simulada" para apropiarse del inmueble y descarta indemnizar a la familia del dictador

pazo

pazo

Publicado por
Mateo Balín
León

Creado:

Actualizado:

El Pazo de Meirás fue una compraventa "simulada", cuya donación se realizó a la jefatura del Estado y no en particular a Francisco Franco Bahamonde. El juzgado de A Coruña que juzgó los hechos en julio pasado estimó este miércoles de forma íntegra la demanda interpuesta por el Estado, a quien declara propietario de la finca. La sentencia, de 400 páginas y contra la que cabe recurso de apelación ante la audiencia provincial, ordena a la familia del dictador que devuelva la finca y descarta indemnizarla por los gastos de mantenimiento generados en estos cerca de 80 años de usufructo. En el procedimiento, la Xunta de Galicia, el Concello de Sada, el de A Coruña y la diputación provincial defendieron también la postura de la Abogacía del Estado, mientras que como demandados constan seis familiares de Franco y una sociedad limitada.

En su sentencia, la magistrada Marta Canales declaró la nulidad de la donación efectuada en 1938 de la finca denominada Torres o Pazo de Meirás "al autoproclamado jefe del Estado, Francisco Franco Bahamonde, por carecer del requisito esencial de forma". Es decir, explica que el mismo año en que se efectúa la donación se constituyó una Junta Pro Pazo "del caudillo" para comprar y regalar el pazo "al Generalísimo de los Ejércitos y Jefe del Estado Nacional". "Su nombre era Francisco Franco Bahamonde, pero no se le regala a él por sí mismo, sino al jefe del Estado. Las alegaciones de los demandados en relación a la intención de las vendedoras, que querían que el pazo se regalase a Franco a título personal, no se comparten", señala la sentencia, donde se concluye que la literalidad de los documentos sobre la compra y posterior donación "no arroja dudas": fue una simulación.

Así, la sentencia concluye que la compraventa de mayo de 1941 fue ficticia, lo que determina su nulidad. Se trata del título esgrimido por los demandados y por el que Franco, a título particular, logra la inscripción de la finca en el Registro de la Propiedad. En relación a ello, la juez rechaza la argumentación de los demandados sobre la compra que realiza Franco con la intermediación de Pedro Barrié de la Maza, que califica de "ficción con el solo objeto de poner el bien a su nombre". En lo que respecta a la liquidación del estado posesorio (restitución de los gastos en los que podría haber incurrido la familia mientras fue titular), la magistrada entiende que no cabe, al ser la propiedad incorporada al patrimonio de la familia Franco "de mala fe". Esta condición se materializa cuando, tras aceptar el caudillo la donación en su calidad de jefe do Estado, otorga una escritura pública con la sola finalidad de inscribir este bien a su nombre en el registro sin mediar precio alguno", subraya el texto.

"Victoria democrática" Recuerda además la sentencia que el Estado asumió todos los gastos de la residencia estival que fue gestionada y administrada como residencia oficial del jefe de Estado, por lo que afirma que "el pazo se gestionaba de forma idéntica al Palacio de El Pardo".

El delegado del Gobierno en Galicia, Javier Losada, celebró este miércoles la "victoria democrática" que supone la sentencia, auguró que los herederos recurrirán y agradeció a la vicepresidenta Carmen Calvo su empeño en recuperar el pazo. Por su parte, el consejero de Cultura de la Xunta, Román Rodríguez, calificó de "buena noticia" para Galicia, el Estado de Derecho y el interés general.

tracking