Diario de León

El juez ordena el ingreso en prisión de Juana Rivas y solicita su búsqueda

El magistrado se niega a suspender la ejecución de la pena pese a que hay pedido el indulto

Juana Rivas, en una foto de archivo. MIGUEL ANGEL MOLINA

Juana Rivas, en una foto de archivo. MIGUEL ANGEL MOLINA

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Manuel Piñar, el juez titular del juzgado de lo Penal número 1 de Granada, se negó ayer a suspender la ejecución de la pena de dos años y medio de prisión impuesta a Juana Rivas por la sustracción de sus dos hijos menores en el verano de 2016. El magistrado ordenó, además, la búsqueda y detención de Rivas para proceder a su ingreso en prisión para cumplir la condena. En el auto se solicita también formalizar los trámites para que Rivas sea privada de la patria potestad de sus dos hijos durante seis años.

El abogado de Rivas, Carlos Aránguez, tachó de «injusta» la resolución judicial y solicitó la suspensión de cualquier medida penal hasta que se resuelva la solicitud de indulto para su defendida, que el letrado ha planteado ante el Gobierno Central. Aránguez anunció así que presentará un recurso contra el auto que acuerda el inmediato ingreso en prisión de Juana Rivas, solicitando «que se deje sin efecto en tanto se resuelva el mencionado indulto».

En su auto, el magistrado dispuso que se librara oficio a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para la localización de la madre, vecina de la localidad granadina de Maracena, y que en un plazo no superior a 15 días «presenten en el Juzgado a la penada» para notificarle la resolución que la mandará a la cárcel.

Al mismo tiempo, el juez requiere a Rivas para que abone la indemnización de 12.000 euros fijada para su expareja, el italiano Francesco Arcuri, con quien viven los niños de ambos en la localidad de Carloforte, en la isla de Cerdeña.

La decisión del juez Piñar se produce después de que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) dirimiera la condena de cinco años para la madre granadina, y la rebajara a la mitad al entender que Rivas cometió un sólo delito de sustracción de menores, y no dos. Fue el pasado mes de abril cuando el alto tribunal rebajó el castigo a Juana Rivas, recordando en su sentencia que en mayo de 2016 la madre granadina viajó a España con sus dos hijos y no regresó a Italia, donde llevaba conviviendo tres años con quien era entonces su pareja, el genovés Francesco Arcuri.

El 2 de agosto de aquel año, Rivas comunicó a Arcuri que no iba a regresar a Italia y escolarizó a los dos niños en un colegio de Maracena. El progenitor, que tenía entonces la guarda y custodia provisional de los dos menores, denunció los hechos y un juzgado de Primera Instancia de Granada acordó la inmediata restitución de los menores a Italia como estado de residencia habitual de los dos niños.

Tras varios requerimientos judiciales para que la madre devolviera a sus hijos al padre, el 26 de julio de 2017 Rivas se ocultó con ellos y su expareja denunció la desaparición. La acusada entregó finalmente a los dos niños un mes después, el 28 de agosto de 2017, en la Comandancia de la Guardia Civil de Granada.

La negativa judicial a suspender la ejecución de la pena a la granadina se produce, según las fuentes consultadas, por ser la pena de prisión impuesta mayor a dos años.

La ley establece que para beneficiarse de la suspensión de la pena el reo debe cumplir tres requisitos: haber abonado la responsabilidad civil, carecer de antecedentes penales y ser la condena igual o menor a dos años. Y, en efecto, el juez sostiene que siendo la pena impuesta superior a los dos años «no ha lugar a la suspensión» y «procede su ejecución, adoptando las medidas precisas para ello».

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