Diario de León

La Junta Electoral Central ordena inhabilitar al presidente Torra

Estima el recurso presentado por el PP, y parcialmente los interpuestos por Ciudadanos y Vox  

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EFE

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La Junta Electoral Central ha acordado este viernes ordenar que se retire al presidente de la Generalitat, Quim Torra, su credencial de diputado autonómico, lo que conlleva su inhabilitación. La JEC estima así el recurso presentado por el PP, y parcialmente los interpuestos por Ciudadanos y Vox, que pedían la inhabilitación inmediata del presidente catalán tras la condena del pasado 19 de diciembre. Según el acuerdo de la Junta, concurre en Torra "la causa de inelegibilidad sobrevenida" que recoge la ley electoral por haber sido condenado por sentencia no firme el pasado 19 de diciembre.

Aquel día, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) condenó a año y medio de inhabilitación a Torra por desobedecer la orden de la Junta Electoral Central de retirar los lazos amarillos de los edificios públicos antes de las elecciones generales del 28A. Además, la Junta subraya que se deja "sin efecto" de forma inmediata -desde que se notifique este acuerdo- la credencial de Torra como diputado electo al Parlamento de Cataluña por la circunscripción electoral de Barcelona. Por eso ordena a la Junta Electoral Provincial de Barcelona que una vez notificado íntegramente el contenido de este acuerdo declare la vacante como diputado del Parlamento de Cataluña. El Estatuto de Autonomía de Cataluña obliga al presidente de la Generalitat a ser diputado, de forma que la retirada de la credencial de Torra por parte de la JEC supone su inhabilitación como jefe del Govern.

La resolución de la JEC contiene seis votos particulares de miembros de este órgano que consideran que la Junta de Barcelona "carecía de competencias" cuando consideró que Torra podría seguir en el cargo porque la sentencia condenatoria no era firme.

Reunión urgente del Govern

 El presidente de la Generalitat, Quim Torra, ha convocado esta noche una reunión de urgencia del Govern, tras la cual comparecerá para reaccionar la orden de la Junta Electoral Central (JEC) de inhabilitarlo para el cargo.

Posteriormente, Torra hará una declaración institucional desde la Sala Torres García del Palau de la Generalitat.

Está previsto que Torra, que siempre ha defendido que solo le puede cesar el Parlament, agote todas las vías legales para no perder la condición de diputado, habida cuenta de que la condena del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por desobediencia aún no es firme.

En todo caso, fuentes de Presidencia de la Generalitat han esgrimido que, según su interpretación del Estatut, para ser elegido president sí se tiene que ser diputado pero que la pérdida del acta "en ningún caso" supone la pérdida del cargo de presidente de la Generalitat.

Las mismas fuentes alegan que el artículo 67.7 del Estatut, que describe las situaciones por las que un president cesa del cargo, no contempla esta hipótesis derivada de la resolución de la JEC.

Dicho artículo estatutario solo estipula que un president cesa por "condena penal firme que comporte la inhabilitación para el ejercicio de los cargos públicos".

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