Diario de León

La Justicia embarga el sueldo de Iván Espinosa de los Monteros

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El Juzgado de Primera Instancia número 36 de Madrid ha ordenado por decreto el embargo del sueldo del portavoz de Vox en el Congreso de los Diputados, Iván Espinosa de los Monteros, para hacer frente al pago de la deuda, de 63.183 euros, que debe a una empresa de reformas por las obras que realizaron en su chalé.

El decreto acuerda el embargo del «sueldo, salario y demás emolumentos que perciba Espinosa de los Monteros del Congreso de los Diputados». Y oficia a la Cámara para que «proceda a la retención de la parte proporcional del sueldo y demás emolumentos» del diputado «hasta cubrir las responsabilidades reclamadas».

Esta decisión llega después de que la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo (TS) inadmitiera a finales de 2021 el recurso presentado por el portavoz parlamentario de Vox y confirmara así la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que le condenó en 2019 por no haber hecho frente a ese pago. En el auto, la Sala entendía que se daba una «carencia manifiesta de fundamento» en el recurso, y acordaba declarar firme la sentencia de junio de 2019, imponiendo además el pago de las costas del proceso al dirigente de Vox.

Este mismo lunes, Espinosa de los Monteros reaccionaba en su cuenta personal de Twitter señalando que tras conocer la inadmisión de su recurso por parte del TS ya explicó que «acataría la sentencia». Añade que acatar implica abonar una cantidad pero se pregunta a quién porque el constructor «hace ocho años que cerró la empresa dejando sus pufos sin liquidar; entre ellos a Hacienda y la Seguridad Social».

Por eso, argumenta, ha solicitado una carta de pago tanto a Hacienda como a la Seguridad Social con fecha de 14 de diciembre de 2021 pero que de momento no ha obtenido respuesta. «Es como si no quisieran cobrar», añade. Y subraya que el único motivo por el que no se ha podido pagar hasta ahora «es la demora en recibir respuesta» de ambas instituciones, que en caso de pagar al constructor quebrado, no recuperarían las cantidades que les debe. Además, apunta que la orden de embargo de salarios «carece de fundamento jurídico» porque el pago pendiente está avalado con su domicilio, por lo que avanza que recurrirá ese decreto.

Pero el decreto indica que se ha ordenado el embargo de sueldos después de que el constructor alegara insuficiencia de los bienes embargados. «En el presente caso, una vez examinadas las actuaciones se aprecia la insuficiencia alegada por el ejecutante, por lo que procede decretar la ampliación de los embargos», dice el decreto fechado el 21 de marzo.

‘PROMOCIONES PEDRO HEREDIA 6 SL’

La resolución del Supremo de noviembre recordaba que la sociedad deudora, ‘Promociones Pedro Heredia 6 SL’ (PPH6), era administrada por Espinosa de los Monteros quien era «socio único», y apuntaba que el contrato que acabó en los tribunales es el referido a la reforma de la vivienda propia del demandado en el distrito de Chamartín, cerca del Paseo de la Habana.

El asunto viene de septiembre de 2018, cuando el Juzgado de Primera Instancia número 36 de Madrid resolvió que debía abonar esos más de 60.000 euros más los intereses.

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