Diario de León

SUCESOS

El padre de la niña Olivia fue condenado por violencia machista

El TSJ precisa que no se dio la custodia de la menor al tener causa abierta por violencia de género

Eugenio García Martínez, padre de Olivia. PABLO MARTÍN

Eugenio García Martínez, padre de Olivia. PABLO MARTÍN

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Europa Press / EFE |

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León matizó este jueves que si el padre de Olivia, la niña de 6 años  por cuya muerte está arrestada y acusada la madre por un delito asesinato , no contaba con la custodia de la menor es porque sobre él pesaba una causa judicial por violencia de género que derivó finalmente en una condena de nueve meses de prisión.

Así lo ha explicado el TSJCyL, con sede en Burgos, respecto del trágico suceso tras el cual la presunta autora ha ingresado en prisión provisional, comunicada y sin fianza por la muerte de su hija, Olivia García, hallada muerta en su domicilio de Gijón el pasado domingo, tendida con ella en la cama. El padre de la niña había conseguido 48 horas antes la custodia de la menor.

En cuanto a la cronología de los procedimientos civil y penal entre la pareja, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Segovia, competente en Violencia sobre la Mujer, aclaró, a través de un comunicado del TSJCyL, que el de divorcio se inició en 2018 mientras se tramitaban unas diligencias previas como consecuencia de la denuncia de violencia de género presentada por la mujer contra su marido.

Se adoptaron una serie de medidas penales y civiles, entre ellas una orden de alejamiento, y se instruyó el procedimiento hasta la celebración de juicio.

La sentencia de divorcio de febrero 2019, al haber un procedimiento de violencia de género en instrucción contra el hombre, otorgó la guarda y custodia de la hija de ambos a la mujer. Esta resolución fue posteriormente confirmada por la Audiencia Provincial de Segovia en enero de 2020.

Rebajar la pensión de alimentos

El padre presentó una demanda de modificación de la sentencia de divorcio para pedir una rebaja de la pensión de alimentos, aunque no solicitó nada en relación con la guarda y custodia. El Juzgado dictó sentencia por la que rebajaba la pensión, confirmada después también por la Audiencia Provincial. Más tarde, el Juzgado instruyó otros procedimientos en 2021 y 2022 relativos a la solicitud de autorización judicial de la mujer para trasladarse con la menor a la ciudad de Gijón.

El Juzgado dictó un auto en 2022 por el que se le indicaba que tenía que volver a Palazuelos de Eresma ya que se había marchado antes de que dictara la resolución judicial. En dicha resolución, se le indicó que tenía que volver para pedir autorización judicial e instar la modificación de medidas correspondientes.

Todo ello dio lugar a unas medidas provisionales previas en las que la mujer solicitó la autorización para vivir en Gijón con la menor y la modificación de régimen de visitas. Tras esta demanda, el hombre reconvino y pidió la guarda y custodia de la menor (desde 2019 hasta este momento no lo había hecho).

El Juzgado dictó entonces, como medida provisional, una resolución en junio de 2022 que autorizaba a la mujer a trasladarse con la menor a Gijón, estableciendo al mismo tiempo un amplio régimen de visitas del hombre y manteniendo la guarda y custodia a favor de ella porque el hombre fue condenado a nueve meses de cárcel por un delito de violencia de género por el Juzgado de lo Penal 1 de Segovia en febrero de 2020.

Esa condena por violencia machista fue confirmada por la Audiencia Provincial en noviembre de 2020 y pendiente de cumplimiento la pena de prisión impuesta al haberse acordado la suspensión de la misma por plazo de dos años bajo condición de no volver a delinquir en ese plazo referido.

A Segovia porque su vida estaba allí

Tras la celebración de una vista para resolver definitivamente sobre la guarda y custodia y el traslado de la mujer a Gijón, el Juzgado acordó el pasado 27 de octubre otorgar la guarda y custodia al hombre al entender que la menor tenía sus raíces en la provincia de Segovia, su padre, su familia extensa, colegio, vecinos y amigos y ese interés superior de la menor es el que debía primar.

El Juzgado ha ido tramitando y resolviendo en todo momento sin demora los procedimientos penales y civiles conforme las partes personadas.

Tras el crimen de la niña, la familia paterna desveló que la madre de Olivia había presentado 28 denuncias contra él, algunas por maltrato y al menos una por abusos sexuales, y que todas eran falsas. El TSJ confirmó ayer que Eugenio García fue condenado a 9 meses por violencia de género.

La dirección del Centro Penitenciario de Asturias ha aplicado el protocolo antisuicidio a la mujer detenida por matar presuntamente a su hija de 6 años en Gijón, pocos días después de que el progenitor, del que estaba separada, obtuviera su custodia, según han confirmado a EFE fuentes penitenciarias este jueves.

La mujer ingresó ayer en la cárcel asturiana en cumplimiento del auto del Juzgado de Instrucción número 1 de Gijón por el que la magistrada titular acordó su ingreso en prisión comunicada y sin fianza como presunta autora de un delito de asesinato, sin perjuicio de que dicha calificación pueda modificarse a lo largo de la instrucción.

Fuentes penitenciarias apuntaron que la mujer pasó la noche acompañada de una interna de confianza en aplicación del protocolo antisuicidio, con la previsión de que permaneciera en una celda acristalada en el área de ingresos.

El padre de Olivia quiere pedir la prisión permanente revisable.

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