Diario de León

El Supremo rebaja a la mitad la condena de cárcel a Juana Rivas

No eludiría la prisión, salvo indulto, pero saldría pronto de la cárcel en tercer grado

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El Tribunal Supremo ha fijado una nueva doctrina para la aplicación del delito de sustracción de menores entre progenitores que, de forma indirecta, permitirá que Juana Rivas, pese a haberlo cometido, prácticamente no pise la cárcel.

La Sala de lo Penal confirmó ayer que la granadina cometió en 2017 un delito de sustracción de menores al ocultar durante un mes a sus dos hijos (entonces de 11 y 3 años) para no entregárselos a su marido, Francesco Arcuri, al que acusaba de maltratador, y que tenía la custodia provisional de los niños. Sin embargo, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, que cambio con la llegada al Ministerio de Justicia de Dolores Delgado, rebaja la pena de cinco años que le impuso a la vecina de Maracena el Juzgado de lo Penal de 1 de Granada, y que confirmó nueve meses después la audiencia provincial, a dos años y medio de cárcel. La razón, que el alto tribunal considera que, aunque fueron dos los menores sustraídos, Rivas cometió un único delito y no dos de dos años y medio cada uno como le imponían ambos tribunales.

El pleno de la sala, con el respaldo de 13 de los 16 magistrados que lo componen, indica que el delito del que se ocupa el artículo 225 bis del Código Penal pretende evitar que se quiebre el derecho de custodia del progenitor instituido por el juez, que ninguno de los padres pueda llevarse sin consentimiento al menor de su casa habitual o lo retenga sin cumplir las obligaciones de custodia o del régimen de visitas. De esta forma, con independencia de los hijos implicados en la sustracción, sólo habrá un delito y no, como ahora interpreta la mayoría de tribunales, uno por cada niño. Eso sí, el Supremo indica que no pretende que la gravedad del delito, el grado de aflicción del progenitor, sea igual si le sustraen un hijo que varios, pero que para eso está la horquilla de penas a aplicar por la infracción penal, que puede ir de los dos a los cuatro años de cárcel.

Con la rebaja de la pena, Juana Rivas es posible que no pueda eludir la cárcel —por ser aún así superior a dos años—, pero sí que quedaría en situación muy favorable para lograr en muy poco tiempo su semilibertad, con la clasificación en tercer grado penitenciario.

Rivas, que había logrado en 2009 que condenasen a su marido a 9 meses de cárcel por golpearla, fue desautorizada una vez tras otra en sus posteriores y reiteradas acusaciones de malos tratos y violencia de género contra Arcuri tanto por los tribunales españoles como italianos. De hecho, la justicia del país vecino otorgó en marzo de 2019 la custodia exclusiva de los dos menores a su padre tras concluir que su madre era un «peligro patológico» para los niños. No obstante, los jueces establecieron un régimen de visitas controladas para Juana.

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