Diario de León

El Supremo revoca las salidas de Forcadell y decidirá sobre el resto

La Audiencia de BCN ha remitido los recursos de la Fiscalía contra las salidas de los Jordis y Forn

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El Tribunal Supremo ha revocado las salidas laborales concedidas a Carme Forcadell en virtud del artículo 100.2 del reglamento penitenciario antes de que ésta disfrutase del tercer grado, en un duro auto que abre la puerta a que se pronuncie próximamente sobre el resto de presos del «procés».

Los magistrados que juzgaron al exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y a otros once líderes independentistas ya tenían en el horizonte la posibilidad de pronunciarse sobre el tercer grado que la Generalitat concedió a los nueve que fueron condenados a prisión, siempre que éste, como es previsible, sea recurrido por la Fiscalía. Lo que no estaba tan claro es que tuviesen que debatir sobre el ahora famoso artículo 100.2 del reglamento penitenciario, que permite a los presos salir unas horas para trabajar o hacer voluntariado y del que los nueve condenados disfrutaron antes de que se les concediese el régimen de semilibertad el pasado 14 de junio.

Tras ser avaladas por el juez de vigilancia penitenciaria, la Fiscalía fue recurriendo estas salidas ante las respectivas audiencias provinciales, si bien un juez de Lleida, competente sobre la cárcel de Mas d’Enric de Tarragona en la que se encontraba entonces Forcadell, decidiera remitir al Tribunal Supremo el recurso relativo a la expresidenta del Parlament. Dada la «falta de unidad interpretativa» en la jurisprudencia, el asunto de la competencia para decidir sobre los recursos de apelación a estas salidas era controvertido, según admitió la propia Fiscalía del Supremo y reitera el alto tribunal, que zanja ahora el debate al declararse competente, por ser el tribunal sentenciador.

El artículo 100.2, argumenta el tribunal, afecta al modelo de ejecución de la pena, como lo hacen las clasificaciones en grado -competencia del tribunal que dicta sentencia-, por tanto, «al tratarse de una materia atinente a la ejecución de la pena», los recursos contra este precepto también deben ser examinados por dicho órgano.

La decisión del Supremo ha tenido efectos evidentes: horas después de que se pronunciase, la Audiencia de Barcelona ha acordado remitir los recursos de la Fiscalía contra las salidas laborales que se le concedieron al exconseller Joaquim Forn; al presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart; y al exlíder de ANC Jordi Sánchez, los tres también ya en tercer grado. Pero no ha hecho lo mismo la Audiencia de Girona, que en un auto con fecha de ayer ha desestimado el recurso contra el 100.2 de la exconsellera Dolors Bassa sin entrar en el fondo del asunto al considerar que el debate sería inerte porque la presa ya goza del régimen de semilibertad.

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