Diario de León

El TSJC condena a Borrás a 4,5 años de cárcel y propone ya su indulto para que no lo cumpla

Los jueces la inhabilitan por tres años para ejercer cargo público y la imponen una multa de 36.000 euros

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado a la presidenta de Junts, Laura Borrás, a cuatro años y medio de cárcel y 13 de inhabilitación por fraccionar contratos para adjudicarlos a dedo a un amigo cuando dirigía la Institución de las Letras Catalanas (ILC) entre 2013 y 2018. No obstante, plantea un indulto parcial para que no entre en la cárcel.

La sentencia la condena por los delitos de prevaricación y falsedad documental y también le impone una multa de 36.080 euros por 18 contratos menores tramitados entre 2013 y 2017, además de la inhabilitación durante tres años para ejercer cargo público.

Sin embargo, el propio tribunal propone un indulto parcial para Borrás que rebaje la pena de prisión a no más de dos años, de manera que no tendría que entrar en la cárcel.

Una magistrada del tribunal ha añadido un voto particular en el que considera que Borrás no cometió falsedad documental sino que solo la indujo, por lo que cree que no debería ser condenada a más de 21 meses de prisión, y sostiene que la inhabilitación que se le aplique debe afectar únicamente a cargos con facultad de contratación.

El beneficiario de los contratos, Isaías H., que en el juicio confesó, ha quedado absuelto de prevaricación y condenado por falsedad documental a dos años de cárcel, multa de 2.100 euros e inhabilitación para contratar con las administraciones públicas durante un año y siete meses.

Andreu P., que lo ayudó a preparar presupuestos y también confesó, está igualmente absuelto de prevaricación y condenado por falsedad documental a un año y dos meses de prisión, multa de 2.250 euros e inhabilitación para contratar con las administraciones públicas durante un año.

SIMULAR CON CONTRATOS MENORES

Los encargos a Isaías H. estaban relacionados con la página web de la ILC, y la sentencia expone que Borrás hizo el encargo directa y personalmente incluso antes de que la junta de la ILC aprobara el proyecto «a pesar de conocer que al hacerlo prescindía del procedimiento administrativo de contratación preceptivo que, en atención a la naturaleza pública de la institución que dirigía, debía quedar sometido a un procedimiento abierto con concurso público, al procedimiento restringido o al procedimiento negociado», dando la posibilidad de que participasen otras personas o empresas.

La sentencia añade que funcionarios de la ILC —testigos en el juicio— advirtieron a Borrás de que debía adecuar el procedimiento de contratación dada la envergadura y el coste del encargo, pero ella, que como directora era el órgano de contratación, «decidió simular la adjudicación de los trabajos ya encargados» a Isaías H. a través de contratos menores.

Ella daba las órdenes

Siguiendo este procedimiento, «para crear una apariencia de respeto a los principios de publicidad y libre concurrencia en cada uno de los expedientes de contratación», daba instrucciones a Isaías H. para que presentara tres presupuestos por cada trabajo, uno a su nombre y otros dos con otros datos que funcionaban como acompañamiento o comparsa.

El tribunal considera que «la más clara evidencia de que los instrumentos falsarios diseñados y materializados» por Borrás fueron efectivos es que ni la intervención de la Consejería de Cultura ni la Sindicatura de Cuentas se dieron cuenta de las irregularidades en la contratación a Isaías H. Los jueces critican que «a tal punto resultó ineficaz la supervisión de aquellos organismos de control, que tuvo que ser la casualidad, aliada de una intervención telefónica» a Isaías H., lo que dio pie a la investigación de este caso.

Lo apuntan en referencia a que la investigación de la causa empezó por una conversación intervenida a Isaías H. --que estaba siendo investigado en otra causa por tráfico de drogas y falsificación de moneda-- dijo a un amigo que tenía unos ‘trapis’ y unos ‘marrones’ con Borrás.

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