Diario de León
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El requisito que fija el artículo 143.2 de la Constitución queda aún muy lejos. El texto señala que «la iniciativa del proceso autonómico corresponde a todas las Diputaciones interesadas o al órgano interinsular correspondiente y a las dos terceras partes de los municipios cuya población represente, al menos, la mayoría del censo electoral de cada provincia o isla». «Estos requisitos deberán ser cumplidos en el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones locales interesadas», abunda. En el caso de León, tendría que aprobarse en 141 de los 211 ayuntamientos y, de acuerdo a los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) dados a conocer esta pasada semana, que estos municipios abarcaran al menos a 230.000 habitantes de los 460.001 totales que hay censados a fecha 1 de enero de 2019. En este último aspecto, los 124.303 de la capital leonesa permiten que el objetivo se sitúe algo más cercano, pero en cuanto a los consistorios por el momento sólo se ha logrado que prospere el texto en 6: León, Valderrey, Crémenes, Matadeón de los Oteros, Cabrillanes y Castrocontrigo. Pese a ello hay otras dos vías constitucionales posibles.

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