Diario de León

Abogados y procuradores rechazan su exclusión presencial de los juicios

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Los colegios de abogados y procuradores rechazan su exclusión de las vistas, que se podrían plantear de cara al otoño próximo, de acuerdo a los rumores cada vez más insistentes.

«A la vista de las noticias que se vienen conociendo en relación a los posibles modelos de reorganización y funcionamiento de la Administración de Justicia a consecuencia de la pandemia, el Colegio de Abogados de León muestra su oposición a cualquier medida que suponga la exclusión presencial de la Abogacía de los juzgados y tribunales. Por ello rechazamos de plano sistemas no presenciales de atención a los profesionales, el mecanismo de la cita previa para acudir a las sedes judiciales o la generalización indiscriminada de la telematización de las actuaciones procesales», explica un comunicado.

«La Abogacía Española, representada a través de su Consejo General, siempre ha mostrado su frontal y más enérgico rechazo a esta posibilidad, porque lejos de contribuir a normalizar la situación y agilizar los procedimientos, supondría una mayor distorsión. Por ello propuso concentrar el periodo vacacional de todos los profesionales de la justicia en el mes de agosto, a salvo siempre las actuaciones urgentes, de modo que pudiera desarrollarse la actividad ordinaria a pleno rendimiento los meses de julio y septiembre», señala en relación a la decisión de declarar hábil el mes de agosto, con la que se muestra en absoluto desacuerdo el colectivo.

Postura
El colectivo se opone a la telematización de las actuaciones procesales de forma generalizada

«Si bien el CGPJ fue bastante claro en su recomendación de limitar las vistas en agosto y comunicar los señalamientos antes del 15 de junio, lo cierto es que sus indicaciones, según se está comprobando, no están siendo observadas por algunos órganos judiciales, teniéndose constancia fehaciente de que se están produciendo notificaciones con plazos en agosto sin ser urgentes ni justificarse su necesidad. Lo cual es de todo punto inadmisible e injusto, por cuanto supone una flagrante vulneración del más elemental derecho al descanso y a la desconexión que asiste a los/as profesionales de la Abogacía y de la Procura».

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