Diario de León

Los acusados del crimen de Villaobispo son culpables

El jurado entiende que los indicios son suficientes para condenarlos

Los acusados y sus letrados, antes del veredicto. M.Á.Z.

Los acusados y sus letrados, antes del veredicto. M.Á.Z.

León

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El jurado popular encargado del veredicto correspondiente al juicio por el crimen de Villaobispo declaró culpables a los dos sospechosos que han sido juzgados esta semana en la Audiencia Provincial y para los que el Ministerio Fiscal propuso una pena de trece y catorce años, que ahora deberá ser ratificada o modificada por el presidente del Tribunal del Jurado.

Consideran los ciudadanos encargados de esta tarea que los indicios presentados en la sala estos días son suficiente prueba de cargo para considerar que los investigados acabaron con la vida de un vecino de Villaobispo en noviembre del año 2008, tras una refriega a tiros motivada por una cuestión de drogas.

Los principales aspectos del veredicto fueron considerados probados por unanimidad. Solamente dos cuestiones generaron división: dos de los nueve miembros titulares del jurado consideraron no probada la unidad de acción en el ataque que acabó con la vida de la víctima y tampoco consideraron probado que uno de los sospechosos estuviese sometido a los efectos de las sustancias estupefacientes en la época en la que ocurrieron los hechos.

El veredicto deja claro que no s puede determinar quién realizó el disparo que dio muerte a la víctima y da por sentado que no es cierto que los acusados actuasen en defensa propia. Por eso el Ministerio Fiscal se ratificó en su propuesta y solicitó casi trece años de prisión para uno de los sospechosos (once por homicidio y uno y medio por tenencia ilícita de armas) y catorce años de condena para el otro. También fijó indemnizaciones de 100.000 euros para la viuda y de 25.000 para los familiares directos del fallecido.

Las defensas rebajaron la propuesta a cinco años de cárcel. Se opusieron también a la pretensión del Ministerio Público de ejecutar la medida de ingreso en prisión provisional, por entender que se han sometido a la acción de la justicia durante los últimos cuatro años, con comparecencias periódicas en sede judicial los lunes y los viernes. Queda en manos del presidente la decisión final. A criterio del tribunal popular, eso sí, no procede concederles el indulto. La condena será recurrida,

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