Diario de León

Afectados por las cláusulas suelo confían en recuperar lo pagado de más antes de 2013

León

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Las reclamaciones de miles de compradores de vivienda por la aplicación por parte de los bancos de cláusulas suelo en sus hipotecas que luego se demostraron abusivas llevan ya un largo periplo judicial, que parece estar lejos de terminar. Estas cláusulas se aplicaban a las hipotecas a tipo variable y establecían un mínimo en los intereses que en los últimos años se rebajó con mucho, hasta estar en tipos negativos, y los afectados no pudieron beneficiarse de ello. En mayo de 2013 el Tribunal Supremo dictó una sentencia que reconocía lo abusivo de algunas de estas cláusulas, pero limitaba las reclamaciones a lo pagado de más desde esa fecha. Nueve años en los que ese criterio de devolución ha ido variando, hasta que esta semana el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (que ya dictó en 2016 que el Supremo no podía limitar el tiempo de devolución de las cantidades) ha ratificado que los afectados pueden reclamar la devolución íntegra de las cantidades pagadas de más. Incluso, y ahí está un matiz importante para buena parte de los reclamantes, cuando tienen sentencias que les devolvieron la parte desde 2013. 

Todo un lío judicial que en la práctica se salda con resoluciones dispares para los afectados. Y en el que «ahora, para las nuevas reclamaciones, es necesario analizar en profundidad caso por caso», explica Carlos Serrano. Sólo su despacho tenía ya antes de las resoluciones de los últimos días más de 400 sentencias que reconocen en León este derecho a percibir la totalidad de lo pagado de más, y no sólo lo abonado desde 2013. Aunque reconoce que hasta ahora la decisión final dependía de los juzgados particulares, y en la provincia no todos han seguido el mismo criterio. «Con lo cual unos afectados han logrado la devolución, y otros no». 

«La cuestión era definir si lo pagado antes de 2013 era cosa juzgada o no. Y todo depende de cómo hayan presentado los abogados cada caso», aunque ahora el TJUE añade también nuevos matices a este hecho. «Si se pedía la devolución de la totalidad de las cantidades indebidamente cobradas y había una sentencia, se entendía que era cosa juzgada. Pero si se reclamó la cantidad afectada desde 2013, lo anterior puede reclamarse, y de hecho hay ya muchas devoluciones de esa parte también entre los afectados leoneses». 

Advierte en todo caso de que «hay que tener en cuenta los plazos de prescripción, para que sea posible seguir recamando». 

Hasta ahora, sin pronunciamiento de la Audiencia Provincial, los juzgados leoneses no tenían un criterio uniforme. La decisión del tribunal europeo unifica las posturas. «Aunque hay que analizar cada caso», insiste Serrano.

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